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¿Has tenido pérdidas en tu negocio derivadas de la situación COVID?

La Comunidad de Castilla-La Mancha ha publicado una línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas para paliar los efectos del COVID. Esta convocatoria de ayudas públicas forma parte del Real Decreto 5/21 cuyo objetivo es poner a disposición de Empresa y autónomos 7.000 millones de euros en ayudas públicas.

¿En qué consiste la ayuda?

La ayuda consiste en una cuantía económica que deberá destinarse exclusivamente a satisfacer la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos por el solicitante de la ayuda, siempre y cuando éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

¿Qué nuevos sectores incluye la Comunidad de Castilla-La Mancha con respecto al RD?

Las ayudas se extenderán también a aquellos sectores que se hayan visto particularmente afectados en la Región de Castilla-la Mancha, llegando a un total de 395 actividades económicas aceptadas en la convocatoria, lo que implica una ampliación de 300 con respecto a las 95 inicialmente incluidas en el Real Decreto 5/21.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Los beneficiarios de la ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener su domicilio fiscal en la Comunidad de Castilla-La Mancha (salvo en los supuestos previstos en el artículo 3.4 del Decreto 64/2021 de 1 de Junio1).
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, la Mutualidad de Previsión Social correspondiente, y en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.
  • Haber realizado durante 2019 y 2020 y estar dado de alta en el momento de la solicitud en una actividad económica clasificada en alguno de los códigos de la CNAE09 previstos en el Anexo I del Decreto 64/2021.
  • Tener una caída de más de un 30% en el volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el IVA en 2020 con respecto a 2019, salvo lo establecido en el artículo 8.2, apartados d) 3º y e) del Decreto 64/2021, o aplicar el régimen de estimación objetiva en el IRPF en 2019 o 2020.
  • No estar incursa la persona física, los administradores de las personas jurídicas o aquellos que ostenten la representación de aquellas, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
  • No haber aceptado ayudas con arreglo al Marco Nacional Temporal, aprobado por los acuerdos de la Comisión Delegada del Gobierno de Asuntos Económicos del Gobierno de la Nación y por la decisión de la Comisión Europea State Aid SA.56851 (2020/N) Umbrella Scheme, que acumuladas excedan de 1,8 millones de euros en caso de ayudas directas o de 10 millones de euros en caso de apoyo por costes fijos no cubiertos. En el caso de actividades económicas de los sectores de la agricultura, la pesca y la acuicultura, las ayudas no superarán los 270.000 euros por empresa o autónomo activo en los sectores de la pesca y la acuicultura, o los 225.000 euros por empresa o autónomo activo en la producción primaria de productos agrícolas, refiriéndose ambos límites a importes brutos, antes de impuestos y otras retenciones.
  • No haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
  • Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, cuando resulte exigible.
  • No haber sido objeto de sanción por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, salvo cuando se acredite haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y haber elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral.
  • No haber sido objeto de sanciones en firme por incumplimiento de condiciones especiales de ejecución de un contrato administrativo atinentes a la no discriminación por razón de sexo, constituyendo dicho incumplimiento infracción grave, salvo cuando se acredite haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y haber elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación.

Adicionalmente a los requisitos exigidos, los beneficiarios de la ayuda deberán asumir las siguientes obligaciones:

  • Deberán mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022.
  • No podrán repartir dividendos durante 2021 y 2022.
  • No podrán aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos años desde la aplicación de las medidas.
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Justificar ante el órgano competente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión de la subvención, así como el mantenimiento de la actividad en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien el objeto de la subvención, procedentes de esta administración o de cualesquiera otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por la normativa reguladora de estas ayudas.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en este decreto y demás casos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Cumplir con los requisitos exigidos por la legislación vigente para el ejercicio de su actividad, pudiendo la Administración en cualquier momento requerirles la acreditación de dichos extremos.
  • Cumplir lo dispuesto en la normativa comunitaria, nacional y autonómica en materia de igualdad de trato y lo dispuesto en la normativa medioambiental, así como lo dispuesto en la normativa de accesibilidad para personas con discapacidad.
  • Cumplir el resto de obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, su normativa de desarrollo y las establecidas en la resolución de concesión.
  • Ajustar su actuación a lo previsto en la normativa en materia de protección de datos de carácter personal.
  • Comunicar a la Dirección General concedente de las subvenciones, en un plazo no superior a 30 días, cualquier modificación que se produzca respecto a los datos identificativos o a las circunstancias tenidas en cuenta en el momento de la concesión, así como de los compromisos y obligaciones asumidas por el beneficiario.
  • Cumplir con la obligación de suministrar a las entidades previstas la información necesaria para que puedan cumplir con las obligaciones que impone el artículo 4 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha.

Asimismo, no se considerará beneficiarios los empresarios o profesionales, entidades y grupos consolidados que, en la declaración del IRPF, método de estimación directa, Impuesto de Sociedades o Impuesto de Renta de no residentes correspondiente a 2019 haya declarado un resultado neto negativo, excepto en los casos previstos en el artículo 3.3. del Decreto 64/2021.

¿Cuánto es el importe de la ayuda?

El importe de la ayuda vendrá determinado por el importe de los gastos subvencionables que sean declarados por los beneficiarios en su solicitud, y se atenderá a los siguientes límites máximos:

  1. En el caso de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el IRPF, la ayuda máxima será de 3.000 euros, siempre que el importe del gasto subvencionable sea superior a 500 euros.
  2. En el caso de empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el IVA o tributo indirecto equivalente, haya caído más del 30 % en el año 2020 respecto al año 2019, la ayuda tendrá un importe mínimo de 4.000 euros y un máximo de 200.000 euros.
    Siempre y cuando no se superen los 200.000 euros, el importe máximo que se concederá será equivalente al:
  • 40 % de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30 %, en el caso de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación directa en el IRPF, así como las entidades y establecimientos permanentes que tengan un máximo de 10 empleados.
  • 20 % de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%, en el caso de entidades y empresarios o profesionales y establecimientos permanentes que tengan más de 10 empleados.
  • Para aquellas empresas que hayan realizado una modificación estructural de la sociedad mercantil entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2020, la cuantía máxima será 20.000 euros, siempre que el importe del gasto subvencionable sea superior a 4.000 euros.
  • Para aquellas empresas o entidades que se hayan dado de alta o se hayan creado entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de marzo de 2020, la cuantía máxima será:
  • 3.000 euros si aplican el régimen de estimación objetiva, siempre que el importe del gasto subvencionable sea superior a 500 euros.
  • Si no aplican el régimen de estimación objetiva y se han dado de alta o creado entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2019, el volumen de operaciones declarado o comprobado correspondiente al año 2019 se calculará extrapolando los datos del volumen de negocios del periodo temporal declarado, a la anualidad completa, calculándose el límite máximo de la ayuda siguiendo lo establecido en el apartado 2.
  • 20.000 euros si no aplican el régimen de estimación objetiva y se han dado de alta o creado entre el 1 de octubre de 2019 y el 31 de marzo de 2020, siempre que el importe del gasto subvencionable sea superior a 4.000 euros.
  • Para aquellos empresarios o profesionales que hayan estado de alta durante un periodo inferior al año en el ejercicio 2019 o en el ejercicio 2020, la cuantía máxima será:
  • 3.000 euros si aplican el régimen de estimación objetiva en el IRPF, siempre que el importe del gasto subvencionable sea superior a 500 euros
  • 20.000 euros si no aplican el régimen de estimación objetiva, siempre que el importe del gasto subvencionable sea superior a 4.000 euros.

¿Qué documentación me van a pedir en la solicitud?

Durante la tramitación de la solicitud, la Administración exigirá la presentación, junto con el formulario, de documentos que justifiquen las declaraciones del solicitante. En este sentido, se han establecido dos procedimientos para recabar la información:

  1. Documentación acreditativa de la representación legal, en su caso.
  2. En el caso de solicitantes que hayan declarado un rendimiento neto o base imponible negativa en el ejercicio 2019, deben aportar escrito o documentación justificativa de que han incurrido en las causas de excepcionalidad señaladas en artículo 3.3, así como las declaraciones del IRPF, IS o IRNR de los ejercicios 2017 y 2018, en su caso, que habrán de recoger rendimientos netos o bases imponibles positivas.
  3. En caso de que el solicitante autorice la cesión y consulta de datos necesarios por los organismos correspondientes para la concesión de las ayudas, el solicitante no tendrá que aportar ningún documento adicional en esta fase.
    En caso de que el solicitante no autorice expresamente la cesión de datos necesarios para la concesión de las ayudas, deberá aportar los siguientes documentos:
  • Certificado de la AEAT acreditativo de la Delegación o Delegación Especial en la que se encuentre el domicilio fiscal.
  • Certificado de la AEAT acreditativo de los Epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE - 09-) que se consideren equivalentes en los que se clasifica la actividad desempeñada por el solicitante en 2019, 2020 y 2021.
  • Certificado de la AEAT acreditativo del volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el IVA en 2019 y 2020, si dicho volumen de operaciones en 2020 ha caído más de un 30% con respecto al de 2019 y el porcentaje de caída.
  • Certificado de la AEAT acreditativo de la totalidad de los ingresos íntegros fiscalmente computables procedentes de su actividad económica incluidos en su declaración del Impuesto en 2019, así como la suma de los ingresos íntegros fiscalmente computables procedentes de su actividad económica incluidos en sus autoliquidaciones de pagos fraccionados correspondientes a 2020, para los contribuyentes del IRPF, cuando el solicitante de la ayuda tenga su domicilio fiscal en las Ciudades de Ceuta o Melilla o realice exclusivamente operaciones que no obligan a presentar autoliquidación periódica de IVA, y no aplique el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en 2019 o 2020.
  • Certificado de la AEAT acreditativo de la base imponible previa declarada en el último pago fraccionado de los años 2019 y 2020 respectivamente en el supuesto de que dichos pagos fraccionados se calculen según lo dispuesto en el artículo 40.3 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, para contribuyentes del IS o del IRNR con establecimiento permanente, cuando el solicitante de la ayuda tenga su domicilio fiscal en las Ciudades de Ceuta o Melilla o realice exclusivamente operaciones que no obligan a presentar autoliquidación periódica de IVA, y no aplique el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en 2019 o 2020
  • Certificado de la AEAT acreditativo del número de empleados teniendo en cuenta el número medio en 2020 de perceptores de rendimientos dinerarios del trabajo consignados en las declaraciones mensuales o trimestrales, de retenciones e ingresos a cuenta.
  • Certificado de la AEAT acreditativo de la aplicación al régimen de estimación objetiva en el IRPF en 2019 o 2020.
  • Certificado de la AEAT acreditativo de no haber obtenido un resultado neto negativo en la declaración del IRPF correspondiente a 2019, por las actividades económicas en las que hubieran aplicado el método de estimación directa para su determinación o si ha resultado negativa en dicho ejercicio la base imponible del IS o del IRNR, antes de la aplicación de la reserva de capitalización y compensación de normas imponibles negativas.
  • Certificado de la AEAT acreditativo de si el solicitante se encuentra de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, y para el supuesto de que se haya producido el alta o la baja en 2019 o 2020, información sobre las fechas de alta y de baja en dicho Censo, y causa de la baja.
  • Certificado de la AEAT acreditativo de la caída de la actividad en el territorio, atendiendo al peso de las retribuciones de trabajo personal satisfechas a los trabajadores con que cuenten en el mismo, en relación con los grupos y los empresarios, profesionales o entidades cuyo volumen de operaciones en 2020 haya sido superior a 10 millones de euros y que desarrollen su actividad económica en más de un territorio autonómico o en más de una Ciudad Autónoma.

¿Cómo se justifica la ayuda cuando me la concedan?

Una vez resuelta la concesión de la ayuda, los beneficiarios deberán justificar la aplicación de los fondos recibidos a la finalidad prevista mediante la aportación, antes del 31 de diciembre de 2021, de la siguiente documentación:

  • Justificación de las ayudas concedidas por importe inferior a 60.000 €: el formulario incluido en el Anexo III del Decreto 64/2021, y una cuenta justificativa simplificada en la que se incluirá:
  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención.
  • Una relación clasificada de los gastos, con identificación del acreedor y de la factura o justificante, su importe, fecha de emisión y fecha de pago2.
  • Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado los gastos considerados como subvencionables, con indicación del importe y su procedencia.
  • En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados.
  • Justificación de las ayudas concedidas por importe superior a 60.000 €: formulario incluido en el Anexo III del Decreto 64/2021 y la siguiente documentación:
  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
  • Una memoria económica justificativa del importe de los gastos subvencionables, que contendrá:
  • Una relación clasificada de los gastos, con identificación del acreedor y de la factura o justificante, su importe, fecha de emisión y fecha de pago
  • Facturas y justificantes acreditativos de las deudas emitidas por los proveedores y otros acreedores, satisfechas por el beneficiario con cargo a la subvención concedida.
  • Justificantes bancarios del pago de las facturas y del nominal de las deudas. Cuando los acreedores sean entidades financieras, certificado de entidad financiera acreditativo de la cancelación total o parcial de la deuda. Deberá aportarse también un certificado de prelación de la deuda bancaria.
  • Cuando las facturas y justificantes acreditativos de las deudas sean posteriores al 13 de marzo de 2021, contrato o contratos de los que se deriven las obligaciones de pago a proveedores y otros acreedores y, en caso de que no existiera contrato escrito, pedido o aceptación de la oferta o el presupuesto, quedando constancia, en todo caso, de la fecha de asunción de la deuda u obligación de pago.
  • Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado los gastos considerados como subvencionables, con indicación del importe y su procedencia.
  • En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados.

¿Cuál es el plazo y cómo se solicita la ayuda?

Las solicitudes se pueden presentar desde el 10 de junio al 07 de septiembre de 2021, ambos inclusive.

La presentación de solicitudes junto con la documentación requerida se realizará exclusivamente de forma telemática con firma electrónica a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Para iniciar el proceso de la solicitud, el solicitante debe acceder al apartado “Tramitación” del procedimiento disponible en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Es importante señalar que las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán por orden de presentación de las mismas y hasta el agotamiento de la financiación disponible.

Para más información en relación a la convocatoria de la ayuda pública, dirigirse al Decreto 64/2021 donde están los detalles de la convocatoria.

Anexo. CNAES de sectores adicionales destinatarios de las ayudas aprobado por la Comunidad de Castilla-La Mancha

CNAE-2009

DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD

121

Cultivo de la vid

141

Explotación de ganado bovino para la producción de leche

142

Explotación de otro ganado bovino y búfalos

143

Explotación de caballos y otros equinos

145

Explotación de ganado ovino y caprino

146

Explotación de ganado porcino

147

Avicultura

149

Otras explotaciones de ganado

150

Producción agrícola combinada con la producción ganadera

162

Actividades de apoyo a la ganadería

170

Caza, captura de animales y servicios relacionados con las mismas

812

Extracción de gravas y arenas; extracción de arcilla y caolín

1011

Procesado y conservación de carne

1012

Procesado y conservación de volatería

1013

Elaboración de productos cárnicos y de volatería

1021

Procesado de pescados, crustáceos y moluscos

1022

Fabricación de conservas de pescado

1031

Procesado y conservación de patatas

1032

Elaboración de zumos de frutas y hortalizas

1039

Otro procesado y conservación de frutas y hortalizas

1042

Fabricación de margarina y grasas comestibles similares

1043

Fabricación de aceite de oliva

1044

Fabricación de otros aceites y grasas

1053

Fabricación de quesos

1054

Preparación de leche y otros productos lácteos

1061

Fabricación de productos de molinería

1062

Fabricación de almidones y productos amiláceos

1071

Fabricación de pan y de productos frescos de panadería y pastelería

1072

Fabricación de galletas y productos de panadería y pastelería de larga duración

1073

Fabricación de pastas alimenticias, cuscús y productos similares

1081

Fabricación de azúcar

1082

Fabricación de cacao, chocolate y productos de confitería

1084

Elaboración de especias, salsas y condimentos

1085

Elaboración de platos y comidas preparados

1086

Elaboración de preparados alimenticios homogeneizados y alimentos dietéticos

1089

Elaboración de otros productos alimenticios n.c.o.p.

1091

Fabricación de productos para la alimentación de animales de granja

1092

Fabricación de productos para la alimentación de animales de compañía

1021

Procesado de pescados, crustáceos y moluscos

1102

Elaboración de vinos

1104

Elaboración de otras bebidas no destiladas, procedentes de la fermentación

1105

Fabricación de cerveza

1106

Fabricación de malta

1107

Fabricación de bebidas no alcohólicas; producción de aguas minerales y otras aguas embotelladas

1310

Preparación e hilado de fibras textiles

1320

Fabricación de tejidos textiles

1330

Acabado de textiles

1391

Fabricación de tejidos de punto

1392

Fabricación de artículos confeccionados con textiles, excepto prendas de vestir

1393

Fabricación de alfombras y moquetas

1394

Fabricación de cuerdas, cordeles, bramantes y redes

1395

Fabricación de telas no tejidas y artículos confeccionados con ellas, excepto prendas de vestir

1396

Fabricación de otros productos textiles de uso técnico e industrial

1399

Fabricación de otros productos textiles n.c.o.p.

1411

Confección de prendas de vestir de cuero

1412

Confección de ropa de trabajo

1414

Confección de ropa interior

1431

Confección de calcetería

1511

Preparación, curtido y acabado del cuero; preparación y teñido de pieles

1512

Fabricación de artículos de marroquinería, viaje y de guarnicionería y talabartería

1520

Fabricación de calzado

1610

Aserrado y cepillado de la madera

1621

Fabricación de chapas y tableros de madera

1622

Fabricación de suelos de madera ensamblados

1623

Fabricación de otras estructuras de madera y piezas de carpintería y ebanistería para la construcción

1624

Fabricación de envases y embalajes de madera

1629

Fabricación de otros productos de madera; artículos de corcho, cestería y espartería

1711

Fabricación de pasta papelera

1712

Fabricación de papel y cartón

1721

Fabricación de papel y cartón ondulados; fabricación de envases y embalajes de papel y cartón

1722

Fabricación de artículos de papel y cartón para uso doméstico, sanitario e higiénico

1723

Fabricación de artículos de papelería

1724

Fabricación de papeles pintados

1729

Fabricación de otros artículos de papel y cartón

2016

Fabricación de plásticos en formas primarias

2030

Fabricación de pinturas, barnices y revestimientos similares; tintas de imprenta y masillas

2041

Fabricación de jabones, detergentes y otros artículos de limpieza y abrillantamiento

2042

Fabricación de perfumes y cosméticos

2059

Fabricación de otros productos químicos n.c.o.p.

2229

Fabricación de otros productos de plástico

2311

Fabricación de vidrio plano

2312

Manipulado y transformación de vidrio plano

2313

Fabricación de vidrio hueco

2314

Fabricación de fibra de vidrio

2319

Fabricación y manipulado de otro vidrio, incluido el vidrio técnico

2320

Fabricación de productos cerámicos refractarios

2331

Fabricación de azulejos y baldosas de cerámica

2332

Fabricación de ladrillos, tejas y productos de tierras cocidas para la construcción

2341

Fabricación de artículos cerámicos de uso doméstico y ornamental

2342

Fabricación de aparatos sanitarios cerámicos

2343

Fabricación de aisladores y piezas aislantes de material cerámico

2344

Fabricación de otros productos cerámicos de uso técnico

2349

Fabricación de otros productos cerámicos

2351

Fabricación de cemento

2352

Fabricación de cal y yeso

2361

Fabricación de elementos de hormigón para la construcción

2362

Fabricación de elementos de yeso para la construcción

2363

Fabricación de hormigón fresco

2364

Fabricación de mortero

2365

Fabricación de fibrocemento

2369

Fabricación de otros productos de hormigón, yeso y cemento

2370

Corte, tallado y acabado de la piedra

2391

Fabricación de productos abrasivos

2399

Fabricación de otros productos minerales no metálicos n.c.o.p.

2433

Producción de perfiles en frío por conformación con plegado

2442

Producción de aluminio

2451

Fundición de hierro

2454

Fundición de otros metales no férreos

2511

Fabricación de estructuras metálicas y sus componentes

2512

Fabricación de carpintería metálica

2521

Fabricación de radiadores y calderas para calefacción central

2529

Fabricación de otras cisternas, grandes depósitos y contenedores de metal

2530

Fabricación de generadores de vapor, excepto calderas de calefacción central

2540

Fabricación de armas y municiones

2550

Forja, estampación y embutición de metales; metalurgia de polvos

2561

Tratamiento y revestimiento de metales

2562

Ingeniería mecánica por cuenta de terceros

2571

Fabricación de artículos de cuchillería y cubertería

2572

Fabricación de cerraduras y herrajes

2573

Fabricación de herramientas

2591

Fabricación de bidones y toneles de hierro o acero

2592

Fabricación de envases y embalajes metálicos ligeros

2593

Fabricación de productos de alambre, cadenas y muelles

2594

Fabricación de pernos y productos de tornillería

2599

Fabricación de otros productos metálicos n.c.o.p.

2611

Fabricación de componentes electrónicos

2640

Fabricación de productos electrónicos de consumo

2652

Fabricación de relojes

2740

Fabricación de lámparas y aparatos eléctricos de iluminación

2751

Fabricación de electrodomésticos

2790

Fabricación de otro material y equipo eléctrico

2821

Fabricación de hornos y quemadores

2829

Fabricación de otra maquinaria de uso general n.c.o.p.

2830

Fabricación de maquinaria agraria y forestal

2849

Fabricación de otras máquinas herramienta

2893

Fabricación de maquinaria para la industria de la alimentación, bebidas y tabaco

2899

Fabricación de otra maquinaria para usos específicos n.c.o.p.

2910

Fabricación de vehículos de motor

2920

Fabricación de carrocerías para vehículos de motor; fabricación de remolques y semirremolques

2931

Fabricación de equipos eléctricos y electrónicos para vehículos de motor

2932

Fabricación de otros componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor

3020

Fabricación de locomotoras y material ferroviario

3030

Construcción aeronáutica y espacial y su maquinaria

3101

Fabricación de muebles de oficina y de establecimientos comerciales

3102

Fabricación de muebles de cocina

3103

Fabricación de colchones

3109

Fabricación de otros muebles

3211

Fabricación de monedas

3220

Fabricación de instrumentos musicales

3230

Fabricación de artículos de deporte

3240

Fabricación de juegos y juguetes

3250

Fabricación de instrumentos y suministros médicos y odontológicos

3291

Fabricación de escobas, brochas y cepillos

3299

Otras industrias manufactureras n.c.o.p.

3311

Reparación de productos metálicos

3312

Reparación de maquinaria

3314

Reparación de equipos eléctricos

3319

Reparación de otros equipos

3320

Instalación de máquinas y equipos industriales

3811

Recogida de residuos no peligrosos

4110

Promoción inmobiliaria

4121

Construcción de edificios residenciales

4122

Construcción de edificios no residenciales

4311

Demolición

4312

Preparación de terrenos

4313

Otro comercio al por menor de productos alimenticios en establecimientos especializados

4321

Instalaciones eléctricas

4322

Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado

4329

Otras instalaciones en obras de construcción

4331

Revocamiento

4332

Instalación de carpintería

4333

Revestimiento de suelos y paredes

4334

Pintura y acristalamiento

4339

Otro acabado de edificios

4391

Construcción de cubiertas

4399

Otras actividades de construcción especializada n.c.o.p.

4511

Venta de automóviles y vehículos de motor ligeros

4519

Venta de otros vehículos de motor

4520

Mantenimiento y reparación de vehículos de motor

4531

Comercio al por mayor de repuestos y accesorios de vehículos de motor

4532

Comercio al por menor de repuestos y accesorios de vehículos de motor

4540

Venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus repuestos y accesorios

4611

Intermediarios del comercio de materias primas agrarias, animales vivos, materias primas textiles y productos semielaborados

4612

Intermediarios del comercio de combustibles, minerales, metales y productos químicos industriales

4613

Intermediarios del comercio de la madera y materiales de construcción

4614

Intermediarios del comercio de maquinaria, equipo industrial, embarcaciones y aeronaves

4615

Intermediarios del comercio de muebles, artículos para el hogar y ferretería

4618

Intermediarios del comercio especializados en la venta de otros productos específicos

4619

Intermediarios del comercio de productos diversos

4621

Comercio al por mayor de cereales, tabaco en rama, simientes y alimentos para animales

4622

Comercio al por mayor de flores y plantas

4623

Comercio al por mayor de animales vivos

4631

Comercio al por mayor de frutas y hortalizas

4632

Comercio al por mayor de carne y productos cárnicos

4633

Comercio al por mayor de productos lácteos, huevos, aceites y grasas comestibles

4635

Comercio al por mayor de productos del tabaco

4641

Comercio al por mayor de textiles

4642

Comercio al por mayor de prendas de vestir y calzado

4643

Comercio al por mayor de aparatos electrodomésticos

4645

Comercio al por mayor de productos perfumería y cosmética

4646

Comercio al por mayor de productos farmacéuticos

4647

Comercio al por mayor de muebles, alfombras y aparatos de iluminación

4649

Comercio al por mayor de otros artículos de uso doméstico

4651

Comercio al por mayor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos

4652

Comercio al por mayor de equipos electrónicos y de telecomunicaciones y sus componentes

4661

Comercio al por mayor de maquinaria, equipos y suministros agrícolas

4662

Comercio al por mayor de máquinas herramienta

4663

Comercio al por mayor de maquinaria para la minería, la construcción y la ingeniería civil

4664

Comercio al por mayor de maquinaria para la industria textil y de máquinas de coser y tricotar

4665

Comercio al por mayor de muebles de oficina

4666

Comercio al por mayor de otra maquinaria y equipo de oficina

4669

Comercio al por mayor de otra maquinaria y equipo

4671

Comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos, y productos similares

4672

Comercio al por mayor de metales y minerales metálicos

4673

Comercio al por mayor de madera, materiales de construcción y aparatos sanitarios

4674

Comercio al por mayor de ferretería, fontanería y calefacción

4675

Comercio al por mayor de productos químicos

4676

Comercio al por mayor de otros productos semielaborados

4677

Comercio al por mayor de chatarra y productos de desecho

4690

Comercio al por mayor no especializado

4711

Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco

4721

Comercio al por menor de frutas y hortalizas en establecimientos especializados

4722

Comercio al por menor de carne y productos cárnicos en establecimientos especializados

4723

Comercio al por menor de pescados y mariscos en establecimientos especializados

4726

Comercio al por menor de productos de tabaco en establecimientos especializados

4729

Otro comercio al por menor de productos alimenticios en establecimientos especializados

4730

Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados

4742

Comercio al por menor de equipos de telecomunicaciones en establecimientos especializados

4743

Comercio al por menor de equipos de audio y vídeo en establecimientos especializados

4752

Comercio al por menor de ferretería, pintura y vidrio en establecimientos especializados

4753

Comercio al por menor de alfombras, moquetas y revestimientos de paredes y suelos en establecimientos especializados

4754

Comercio al por menor de aparatos electrodomésticos en establecimientos especializados

4759

Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación y otros artículos de uso doméstico en establecimientos especializados

4761

Comercio al por menor de libros en establecimientos especializados

4763

Comercio al por menor de grabaciones de música y vídeo en establecimientos especializados

4764

Comercio al por menor de artículos deportivos en establecimientos especializados

4765

Comercio al por menor de juegos y juguetes en establecimientos especializados

4773

Comercio al por menor de productos farmacéuticos en establecimientos especializados

4774

Comercio al por menor de artículos médicos y ortopédicos en establecimientos especializados

4775

Comercio al por menor de productos cosméticos e higiénicos en establecimientos especializados

4776

Comercio al por menor de flores, plantas, semillas, fertilizantes, animales de compañía y alimentos para los mismos en establecimientos especializados

4778

Otro comercio al por menor de artículos nuevos en establecimientos especializados

4779

Comercio al por menor de artículos de segunda mano en establecimientos

4781

Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en puestos de venta y en mercadillos

4791

Comercio al por menor por correspondencia o Internet

4941

Transporte de mercancías por carretera

5210

Depósito y almacenamiento

5224

Manipulación de mercancías

5229

Otras actividades anexas al transporte

5912

Actividades de postproducción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión

5915

Actividades de producción cinematográfica y de vídeo

5917

Actividades de distribución cinematográfica y de vídeo

6010

Actividades de radiodifusión

6020

Actividades de programación y emisión de televisión

6110

Telecomunicaciones por cable

6190

Otras actividades de telecomunicaciones

6202

Actividades de consultoría informática

6622

Actividades de agentes y corredores de seguros

6820

Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia

6831

Agentes de la propiedad inmobiliaria

6832

Gestión y administración de la propiedad inmobiliaria

7311

Agencias de publicidad

7312

Servicios de representación de medios de comunicación

7410

Actividades de diseño especializado

7430

Actividades de traducción e interpretación

7490

Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.o.p.

7500

Actividades veterinarias

7740

Arrendamiento de la propiedad intelectual y productos similares, excepto trabajos protegidos por los derechos de autor

8010

Actividades de seguridad privada

8020

Servicios de sistemas de seguridad

8110

Servicios integrales a edificios e instalaciones

8121

Limpieza general de edificios

8122

Otras actividades de limpieza industrial y de edificios

8129

Otras actividades de limpieza

8130

Actividades de jardinería

8292

Actividades de envasado y empaquetado

8510

Educación preprimaria

8532

Educación secundaria técnica y profesional

8551

Educación deportiva y recreativa

8552

Educación cultural

8553

Actividades de las escuelas de conducción y pilotaje

8559

Otra educación n.c.o.p.

8560

Actividades auxiliares a la educación

8710

Asistencia en establecimientos residenciales con cuidados sanitarios

8731

Asistencia en establecimientos residenciales para personas mayores

8811

Actividades de servicios sociales sin alojamiento para personas mayores

8812

Actividades de servicios sociales sin alojamiento para personas con discapacidad

8891

Actividades de cuidado diurno de niños

8899

Otros actividades de servicios sociales sin alojamiento n.c.o.p.

9003

Creación artística y literaria

9105

Actividades de bibliotecas

9106

Actividades de archivos

9312

Actividades de los clubes deportivos

9511

Reparación de ordenadores y equipos periféricos

9512

Reparación de equipos de comunicación

9521

Reparación de aparatos electrónicos de audio y vídeo de uso doméstico

9522

Reparación de aparatos electrodomésticos y de equipos para el hogar y el jardín

9524

Reparación de muebles y artículos de menaje

9529

Reparación de otros efectos personales y artículos de uso doméstico

9602

Peluquería y otros tratamientos de belleza

9609
Otros servicios personales n.c.o.p.



Simulador Ayudas Directas

Conoce el importe de las ayudas directas con las que podría beneficiarse tu negocio.

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Encuentra la Ayuda directa de tu Comunidad

Andalucía

249 actividades económicas aceptadas en la convocatoria.

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Aragón

Alcance de la ayuda extendido a más sectores con 491 actividades.

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Canarias

Amplía el alcance al grueso de sectores económicos.

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Cantabria

Ayudas para satisfacer deudas y pagos pendientes.

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Castilla - La Mancha

Las ayudas alcanzan a 395 actividades económicas.

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Castilla y León

Ayudas públicas de la Comunidad de Castilla y León.

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Cataluña

Se ha ampliado el ámbito subjetivo de beneficiarios de las ayudas.

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Ceuta

Las solicitudes podrán presentarse hasta el 30 de septiembre de 2021.

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Comunidad de Madrid

Se extenderán a 176 actividades económicas.

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Comunidad Valenciana

Ayudas para el apoyo a la solvencia empresarial.

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Extremadura

Beneficiarios ampliados a sectores más afectados en la comunidad.

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Galicia

Ayuda distribuida en 3 programas.

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Islas Baleares

Ayudas públicas de la Administración de las Islas Baleares.

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La Rioja

Ayudas a empresas y autónomos para paliar los efectos del COVID.

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Melilla

Para pago de deuda, proveedores y otros acreedores.

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Navarra

Podrán solicitar estas ayudas las entidades sin personalidad jurídica.

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País Vasco

Las ayudas se dividen en tres líneas subvencionables.

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Principado de Asturias

Las ayudas se dividen en 4 líneas subvencionables.

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Región de Murcia

Ayudas clasificadas en distintas categorías.

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