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La Comunidad de Castilla y León ha publicado una línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas para paliar los efectos del COVID. Esta convocatoria de ayudas públicas forma parte del Real Decreto 5/21 cuyo objetivo es poner a disposición de Empresa y autónomos 7.000 millones de euros en ayudas públicas.

¿En qué consiste la ayuda?

La ayuda consiste en una cuantía económica que deberá destinarse exclusivamente a satisfacer la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos por el solicitante de la ayuda, siempre y cuando éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

¿Qué nuevos sectores se incluye la Junta de Castilla y León con respecto al RD?

Las ayudas se extenderán gracias a la ampliación de las actividades que podrán acogerse a las ayudas, que llegarán a un total de 180 actividades económicas, lo que implica una ampliación de 85 con respecto a las 95 inicialmente incluidas en el Real Decreto 5/21. Entre esos nuevos sectores se destaca la inclusión de actividades relacionadas con comercio al por mayor (alimentación, textiles, etc.), y al por menor (productos alimenticios, ferretería, pintura, electrodomésticos, muebles, etc.), actividades de servicios sociales y de asistencia, y de educación cultural, recreativa y educativa.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Además de ser una empresa no financiera o un autónomo afectado por la pandemia COVID-19, adscrito a los sectores subvencionables y con domicilio fiscal en Castilla y León, los beneficiarios de la ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • El volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración Tributaria en el IVA en 2020 deberá haber caído más de un 30% con respecto a 2019. En el caso de que aplique el régimen de estimación objetiva en el IRPF no será necesario justificar la reducción en el volumen de operaciones.
  • Deberán haber realizado en 2019 y 2020, al menos, una de las actividades previstas en los códigos de la CNAE de los sectores subvencionables, y continuar en su ejercicio el 13 de marzo de 2021 (entrada en vigor del Real Decreto-Ley 5/2021 de 12 de marzo).
  • No podrán estar incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como las incluidas y en el apartado 1 de la disposición adicional cuarta del Real Decreto Ley 5/2021 y cumplir con la normativa sobre integración laboral.

Adicionalmente a los requisitos exigidos, los beneficiarios de la ayuda deberán asumir los siguientes compromisos:

  • Aplicar la ayuda a satisfacer la deuda y realizar los pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos.
  • Mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022.
  • No podrán repartir dividendos durante 2021 y 2022.
  • No aprobarán incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante dos años desde la concesión de la ayuda.

¿Cuánto es el importe de la ayuda?

El importe de la ayuda se determina en función del tipo de beneficiario:

  1. Para los empresarios o profesionales adscritos a los sectores incluidos en el “RDL 5/2021” (Anexo III de la convocatoria) que apliquen el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el límite de ayuda será de 3.000 €. Para el resto de empresarios y profesionales adscritos a los sectores definidos en el Anexo III cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido, haya caído más del 30 % en el año 2020 respecto al año 2019, el importe será de 4.000 €.
  2. Una vez comprometido el crédito por el importe correspondiente tras aplicar las cantidades indicadas en el apartado 1 y siempre que hubiera crédito disponible, se concederán ayudas a los empresarios o profesionales adscritos a los sectores definidos en “RDL 6/2021 Designados por la Comunidad de Castilla y León” (nuevos sectores incluidos), Anexo IV de la Convocatoria, que apliquen el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con el límite de 3.000 € y, por importe de 4.000 €, a los empresarios o profesionales adscritos a los nuevos sectores incluidos cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración en el Impuesto sobre el Valor Añadido haya caído más del 30 % en el año 2020 respecto al año 2019.
  3. Una vez comprometido el crédito por el importe correspondiente tras aplicar las cantidades indicadas en los apartados anteriores a todos aquellos que cumplan las condiciones para ser beneficiario, el crédito que resultara disponible se distribuirá proporcionalmente según la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 entre los empresarios y profesionales adscritos a los sectores definidos en los apartados 1 y 2 cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido, haya caído más del 30 % en el año 2020 respecto al año 2019, sin sobrepasar los siguientes límites máximos de ayuda, teniendo en cuenta para ello los importes que ya se hubieran concedido en aplicación de lo dispuesto en los apartados anteriores:
  • El 40 % de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30 %, en el caso de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación directa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como las entidades y establecimientos permanentes que tengan un máximo de 10 empleados.
  • El 20 % del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%, en el caso de entidades y empresarios o profesionales y establecimientos permanentes que tengan más de 10 empleados.

¿Qué documentación me van a pedir en la solicitud?

Los interesados declararán en la solicitud y acompañarán a la misma la siguiente documentación:

  1. Documento que acredite la representación del firmante.
  2. Declaración responsable de subvenciones concedidas sujetas al Marco Temporal.
  3. Declaración responsable de no hallarse incurso en causa legal de inhabilitación o prohibición para recibir subvenciones.
  4. Declaración responsable de la relación de la deuda y gastos fijos generada entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, pendiente de pago.
  5. Declaración responsable de los compromisos adquiridos.

Con la presentación de la solicitud, el solicitante autoriza a la Junta de Castilla y León, la Agencia tributaria y el Ministerio de Hacienda a intercambiar la información en relación con los requisitos de elegibilidad y de los criterios para fijación de la cuantía de la ayuda.

El pago de la ayuda se efectuará, mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por el beneficiario en la solicitud, de la siguiente manera:

  1. A empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se les realizará un solo pago máximo de 3.000 €.
  2. Al resto de empresarios, profesionales y grupos de empresa, se les efectuará un primer pago de 4.000 € y, si procede, un segundo pago del importe de la ayuda correspondiente a la aplicación de los criterios para la fijación de la cuantía de la ayuda.

¿Cómo se justifica la ayuda cuando me la concedan?

El beneficiario deberá justificar telemáticamente, en el plazo máximo de tres meses desde la recepción de la ayuda, la aplicación de ésta a satisfacer la deuda y a realizar los pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, en los términos establecidos.

La acreditación del cumplimiento de la obligación anterior se realizará mediante la presentación de una declaración responsable de la relación clasificada de los pagos realizados para satisfacer la deuda y los gastos fijos, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. No obstante, el beneficiario está obligado a conservar dicha documentación y aportarla si es requerido para ello en la fase de verificación de la ayuda o en cualquier control financiero posterior.

Cuando el importe de la ayuda sea superior a 60.000 €, el beneficiario deberá presentar las facturas y pagos correspondientes.

¿Cuál es el plazo y cómo se solicita la ayuda?

Desde el 20 de mayo de 2021 hasta el 15 de septiembre de 2021 a través de tramitación electrónica.

Para más información en relación a la convocatoria de la ayuda pública, dirigirse a la página web de la Junta de Castilla y León donde están los detalles de la convocatoria.

ANEXO. SECTORES ADICIONALES DESTINATARIOS DE LAS AYUDAS EN BASE AL REAL DECRETO -LEY 6-2021, DE 21 ABRIL, DESIGNADOS POR LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN:

CNAE-2009

DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD

0141

Explotación de ganado bovino par producción de leche

0142

Explotación de otro ganado bovino

0143

Explotaciones de caballos y otros equinos

0145

Explotación de ganado ovino y caprino

0146

Explotación de porcino

0147

Avicultura

0149

Otras explotaciones de ganados

0150

Producción agrícola combinada con la producción ganadera

1102

Elaboración de vinos

1104

Elaboración de otras bebidas no destiladas, procedentes de la fermentación

1105

Fabricación de cerveza

1011

Procesado y conservación de carne

1013

Elaboración de productos cárnicos y de volatería

1053

Fabricación de quesos

1071

Fabricación de pan y de productos frescos de panadería

4520

Mantenimiento y reparación de vehículos de motor

4532

Comercio al por menor de repuestos y accesorios de vehículos de motor

4540

Venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus repuestos y accesorios

4611

Intermediarios del comercio de materias primas agrarias, animales vivos, materias primas textiles y productos semielaborados

4615

Intermediarios de comercio de muebles, artículos para el hogar y ferretería

4619

Intermediarios del comercio de productos diversos

4622

Comercio al por mayor de flores y plantas

4631

Comercio al por mayor de frutas y hortalizas

4632

Comercio al por mayor de carne y productos cárnicos

4633

Comercio al por mayor de productos lácteos, huevos, aceites y grasas comestibles

4641

Comercio al por mayor de textiles

4642

Comercio al por mayor de prenda de vestir y textiles

4643

Comercio al por mayor de aparatos electrodomésticos

4645

Comercio al por mayor de productos de perfumería y cosmética

4647

Comercio al por mayor de muebles, alfombras y aparatos de iluminación

4649

Comercio al por mayor de otros artículos de uso doméstico.

4662

Comercio al por mayor de maquinaria herramienta

4669

Comercio al por mayor de otra maquinaria y equipo

4671

Comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos, y productos similares

4690

Comercio al por mayor no especializado

4711

Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco

4729

Otro comercio al por menor de productos alimenticios en establecimientos especializados

4730

Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados

4752

Comercio al por menor de ferretería, pintura y vidrio, en establecimiento especializado

4753

Comercio al por menor de alfombras, moquetas y revestimientos de paredes y suelos en establecimientos especializados

4754

Comercio al por menor de aparatos electrodomésticos en establecimientos especializados

4759

Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación, y otros artículos de uso doméstico en establecimientos especializados

4761

Comercio al por menor de libros en establecimientos especializados

4763

Comercio al por menos de grabaciones de música y vídeo en establecimientos especializados

4764

Comercio al por menor de artículos deportivos en establecimientos especializados

4765

Comercio al por menor de juegos y juguetes en establecimientos especializados

4775

Comercio al por menor de productos cosméticos e higiénicos en establecimientos especializados

4776

Comercio al por menor de flores, plantas, semillas, fertilizantes, animales de compañía y alimentos para los mismos en establecimientos especializados

4778

Comercio al por menor de artículos nuevos en establecimientos especializados

4779

Comercio al por menor de artículos de segunda mano en establecimientos

4781

Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en puestos de venta y mercadillos

4941

Transporte de mercancía por carretera

4942

Servicios de mudanza

5811

Edición de libros

5821

Edición de videojuegos

5912

Actividades de postproducción cinematográfica, de video y de programas de televisión

5915

Actividades de producción cinematográfica y de video

7410

Actividades de diseño especializado

7490

Otras actividades profesionales, científicas y técnicas

8531

Educación secundaria

8551

Educación deportiva y recreativa

8552

Educación cultural

8553

Actividades de las escuelas de conducción y pilotaje

8559

Otra educación n.c.o.p.

8560

Actividades a la educación

8610

Actividades hospitalarias

8621

Actividades de medicina general

8622

Actividades de medicina especializada

8623

Actividades odontológicas

8690

Otras actividades sanitarias

8710

Asistencia en establecimientos residenciales con cuidados sanitarios

8720

Asistencia en establecimientos residenciales para personas con discapacidad intelectual, enfermedad mental y drogodependencia

8731

Asistencia en establecimientos residenciales para personas mayores

8732

Asistencia en establecimientos residenciales para personas con discapacidad física

8790

Otras actividades de asistencia en establecimiento residenciales

8811

Actividades de servicios sociales sin alojamiento para personas mayores

8812

Actividades de servicios sociales sin alojamiento para personas con discapacidad

8891

Actividades de cuidado diurno de niños

8899

Otras actividades de servicios sociales sin alojamiento n.c.o.p.

9003

Creación artística y literarias

9105

Actividades de bibliotecas

9106

Actividades de archivos

9312

Actividades de los clubes deportivos

9602

Peluquería y tratamientos de belleza

9609

Otros servicios personales n.c.o.p

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Conoce el importe de las ayudas directas con las que podría beneficiarse tu negocio.

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Encuentra la Ayuda directa de tu Comunidad

Andalucía

249 actividades económicas aceptadas en la convocatoria.

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Aragón

Alcance de la ayuda extendido a más sectores con 491 actividades.

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Canarias

Amplía el alcance al grueso de sectores económicos.

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Cantabria

Ayudas para satisfacer deudas y pagos pendientes.

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Castilla - La Mancha

Las ayudas alcanzan a 395 actividades económicas.

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Castilla y León

Ayudas públicas de la Comunidad de Castilla y León.

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Cataluña

Se ha ampliado el ámbito subjetivo de beneficiarios de las ayudas.

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Ceuta

Las solicitudes podrán presentarse hasta el 30 de septiembre de 2021.

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Comunidad de Madrid

Se extenderán a 176 actividades económicas.

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Comunidad Valenciana

Ayudas para el apoyo a la solvencia empresarial.

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Extremadura

Beneficiarios ampliados a sectores más afectados en la comunidad.

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Galicia

Ayuda distribuida en 3 programas.

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Islas Baleares

Ayudas públicas de la Administración de las Islas Baleares.

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La Rioja

Ayudas a empresas y autónomos para paliar los efectos del COVID.

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Melilla

Para pago de deuda, proveedores y otros acreedores.

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Navarra

Podrán solicitar estas ayudas las entidades sin personalidad jurídica.

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País Vasco

Las ayudas se dividen en tres líneas subvencionables.

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Principado de Asturias

Las ayudas se dividen en 4 líneas subvencionables.

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Región de Murcia

Ayudas clasificadas en distintas categorías.

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