Simulador Ayudas Directas
Conoce el importe de las ayudas directas con las que podría beneficiarse tu negocio.
La Ciudad Autónoma de Ceuta ha publicado una línea Covid de ayudas directas a autónomos y empresas para paliar los efectos del COVID. Esta convocatoria de ayudas públicas forma parte del Real Decreto 5/2021 cuyo objetivo es poner a disposición de Empresa y autónomos 7.000 millones de euros en ayudas públicas.
La ayuda de carácter finalista consiste en una cuantía económica que deberá destinarse exclusivamente a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a los costes fijos incurridos, siempre y cuando éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores a 13 de marzo de 2021 y, en todos los casos, se encuentren pendientes de pago a 31 de mayo de 2021 y sean dinerarias.
Haciendo uso de las habilitaciones otorgadas a las Comunidades y Ciudades Autónomas en el RD 5/2021, Ceuta ha extendido el alcance de la ayuda a los sectores que han visto particularmente afectada su actividad, alcanzando un total de 157 actividades subvencionables (62 CNAEs adicionales a las 95 establecidas en el RD 5/2021).
Podrán ser destinatarios de las subvenciones, las siguientes personas o entidades:
Para tener la condición de beneficiario será necesario cumplir con los requisitos siguientes:
Adicionalmente a los requisitos exigidos, los beneficiarios de la ayuda deberán asumir los siguientes compromisos y obligaciones:
La cuantía de la subvención vendrá determinada por el importe de los gastos subvencionables declarados por el solicitante, siempre que se encuentren dentro de los siguientes límites:
En la solicitud se recogerán y deberán cumplimentarse los siguientes extremos:
El beneficiario deberá presentar la siguiente documentación justificativa en el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de marzo de 2022:
Es importante tener en consideración que, la aplicación de los importes de la subvención concedida al pago de los gastos subvencionables, no podrá ser en efectivo y deberá realizarse en todo caso mediante domiciliación o transferencia bancaria a la persona o entidad que aparezca como titular del derecho de cobro correspondiente o mediante otras fórmulas bancarias que acrediten la materialización de pago y siempre que la constancia de dicho pago se materialice en un documento en el que solo figure información de esa transacción, y no de otros pagos, y permitan una identificación precisa del destinatario y del concepto del mismo, salvo cuando los acreedores sean entidades financiera.
Asimismo, los beneficiarios de estas ayudas deberán mantener la actividad que da derecho a las mismas a 30 de junio de 2022, y no repartir dividendos durante los años 2021 y 2022, circunstancias de las que informará la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en cumplimiento del Convenio suscrito con la Ciudad Autónoma de Ceuta. En caso contrario, procederá el reintegro de las ayudas percibidas.
Las solicitudes podrán presentarse a partir del 20 de julio de 2021 y hasta el 30 de septiembre de 2021.
La solicitud deberá cumplimentarse vía telemática siguiendo el procedimiento de tramitación establecido en el Gestor de ayudas de PROCESA (ver link).
La presentación de las solicitudes exigirá que los interesados se den de alta en el Gestor de ayudas de PROCESA, dando los mismos de esta manera su consentimiento expreso para que todas las notificaciones se le hagan a la dirección electrónica indicada en su solicitud.
Asimismo, la presentación de la solicitud contendrá la autorización expresa de los beneficiarios para (i) obtener de la Agencia Estatal de Administración Tributaria los datos necesarios para determinar la elegibilidad como beneficiario y el cómputo de la ayuda; (ii) ceder los datos obtenidos de la AEAT a PROCESA, para que, como entidad encargada por el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Ceuta de las actuaciones preparatorias pueda realizar su encargo en los términos establecidos en el mismo.
Para más información en relación a las bases reguladoras y la convocatoria de la ayuda, dirigirse al Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta del 19 de julio de 2021 (ver link).
Anexo. Listado CNAE-09 que se incorporan por la Ciudad Autónoma de Ceuta.
CNAE-2009 |
DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD |
---|---|
3512 |
Transporte de energía eléctrica |
3513 |
Distribución de energía eléctrica |
3514 |
Comercio de energía eléctrica |
3515 |
Producción de energía hidroeléctrica |
3516 |
Producción de energía eléctrica de origen térmico convencional |
3517 |
Producción de energía eléctrica de origen nuclear |
3518 |
Producción de energía eléctrica de origen eólico |
3519 |
Producción de energía eléctrica de otros tipos |
3521 |
Producción de gas |
3522 |
Distribución por tubería de combustibles gaseosos |
3523 |
Comercio de gas por tubería |
3530 |
Suministro de vapor y aire acondicionado |
3600 |
Captación, depuración y distribución de agua |
3700 |
Recogida y tratamiento de aguas residuales |
3811 |
Recogida de residuos no peligrosos |
3812 |
Recogida de residuos peligrosos |
3821 |
Tratamiento y eliminación de residuos no peligrosos |
3822 |
Tratamiento y eliminación de residuos peligrosos |
3831 |
Separación y clasificación de materiales |
3832 |
Valorización de materiales ya clasificados |
3900 |
Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos |
6110 |
Telecomunicaciones por cable |
6120 |
Telecomunicaciones inalámbricas |
6130 |
Telecomunicaciones por satélite |
6190 |
Otras actividades de telecomunicaciones |
6411 |
Banco central |
6419 |
Otra intermediación monetaria |
6420 |
Actividades de las sociedades holding |
6430 |
Inversión colectiva, fondos y entidades financieras similares |
6491 |
Arrendamiento financiero |
6492 |
Otras actividades crediticias |
6499 |
Otros servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones n.c.o.p. |
6511 |
Seguros de vida |
6512 |
Seguros distintos de los seguros de vida |
6520 |
Reaseguros |
6530 |
Fondos de pensiones |
6611 |
Administración de mercados financieros |
6612 |
Actividades de intermediación en operaciones con valores y otros activos |
6619 |
Otras actividades auxiliares a los servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones |
6621 |
Evaluación de riesgos y daños |
6622 |
Actividades de agentes y corredores de seguros |
6629 |
Otras actividades auxiliares a seguros y fondos de pensiones |
6630 |
Actividades de gestión de fondos |
8411 |
Actividades generales de la Administración Pública |
8412 |
Regulación de las actividades sanitarias, educativas y culturales y otros servicios sociales, excepto Seguridad Social |
8413 |
Regulación de la actividad económica y contribución a su mayor eficiencia |
8421 |
Asuntos exteriores |
8422 |
Defensa |
8423 |
Justicia |
8424 |
Orden público y seguridad |
8425 |
Protección civil |
8430 |
Seguridad Social obligatoria |
9411 |
Actividades de organizaciones empresariales y patronales |
9412 |
Actividades de organizaciones profesionales |
9420 |
Actividades sindicales |
9491 |
Actividades de organizaciones religiosas |
9492 |
Actividades de organizaciones políticas |
9499 |
Otras actividades asociativas n.c.o.p. |
9700 |
Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico |
9810 |
Actividades de los hogares como productores de bienes para uso propio |
9820 |
Actividades de los hogares como productores de servicios para uso propio |
9900 |
Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales |
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