Simulador Ayudas Directas
Conoce el importe de las ayudas directas con las que podría beneficiarse tu negocio.
La Orden ECO/127/2021 publicada por la Comunidad de Cataluña abre el trámite de inscripción previa de la línea Covid de ayudas directas a autónomos y empresas para paliar los efectos del COVID. Este trámite de ayudas públicas forma parte del Real Decreto ley 5/2021 (en adelante, “RD 5/2021”) cuyo objetivo es poner a disposición de Empresa y autónomos 7.000 millones de euros en ayudas públicas.
La ayuda de carácter finalista consiste en una cuantía económica que deberá destinarse exclusivamente a satisfacer la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos pendientes de pago por el solicitante de la ayuda, siempre y cuando éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.
La Orden ECO/127/2021 (en adelante, la “orden”) publicada por la Comunidad de Cataluña abre el trámite de inscripción previa de las ayudas, cuya realización es obligatoria para acceder a la subvención, una vez publicada la convocatoria de ayudas correspondiente. En este sentido, aún no está publicada la convocatoria oficial con todo el detalle de las bases reguladoras de la ayuda, ya que se definirá en base a la información obtenida a través de este trámite.
Este trámite de inscripción previa se establece con el fin de definir con claridad los términos en los que se debe conceder la ayuda y para que la Administración disponga de los datos que sean relevantes para la definición de las bases y de la respectiva convocatoria de las ayudas.
La Orden determina el objeto de las ayudas, los requisitos que deben cumplir las personas interesadas, el contenido de la información que se tiene que facilitar en la inscripción previa, así como el plazo y el mecanismo de presentación de la información necesaria.
En relación a otras novedades, la Comunidad de Cataluña ha ampliado el ámbito subjetivo de beneficiarios de las ayudas extraordinarias directas inicialmente previsto en el Real decreto 5/2021, a aquellos sectores de actividad más afectados dentro de la comunidad autónoma, alcanzado un total de 191 CNAEs admisibles.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas directas las siguientes personas:
Asimismo, no se considerará destinatarios de las ayudas: los empresarios o profesionales, entidades y grupos consolidados que, aun cumpliendo los requisitos de la Orden, en la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2019 hayan declarado un resultado neto negativo por las actividades económicas en las que hayan aplicado el método de estimación directa para su determinación o, si procede, haya resultado negativa en aquel ejercicio la base imponible del impuesto sobre sociedades o del impuesto sobre la renta de no residentes (“IRNR”), antes de la aplicación de la reserva de capitalización y compensación de las bases imponibles negativas.
La inscripción previa pueden hacerla empresarios o profesionales y las empresas interesadas que cumplan los requisitos siguientes:
Además de los requisitos anteriores, las personas trabajadoras autónomas (empresarios y profesionales) y las empresas no financieras solicitantes de estas ayudas tienen que cumplir los siguientes requisitos:
Adicionalmente a los requisitos exigidos, los beneficiarios de la ayuda deberán asumir los siguientes compromisos y obligaciones:
Los importes serán determinados por las bases reguladoras de la ayuda, la cual está pendiente de publicación, siempre dentro de los límites máximos que establece el RDL 5/2021.
Los requisitos que deben cumplir los solicitantes para la concesión de las ayudas se acreditarán mediante el cruce de los datos necesarios con la Agencia Estatal de Administración Tributaria que incluirá la información necesaria en función de cada caso, así como mediante las correspondientes declaraciones responsables realizadas por los interesados al rellenar el formulario de inscripción previa. En este sentido, en la inscripción previa no será necesario aportar ningún documento adicional a los datos requeridos en el formulario.
El formulario de inscripción previa incluye los siguientes datos a cumplimentar:
El proceso de justificación de las ayudas, así como su documentación acreditativa estarán determinados por las bases reguladoras de la ayuda, la cual se encuentra pendiente de publicación.
El formulario de inscripción previa se puede presentar desde el 21 de junio de 2021 hasta el día 30 de junio de 2021 a las 15.00 horas.
La inscripción previa se tiene que formalizar exclusivamente mediante la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya, y los sistemas de identificación y firma electrónica aceptados por la Administración de la Generalitat.
Para la inscripción previa, las personas interesadas que cumplan los requisitos establecidos para estas ayudas tienen que rellenar y presentar electrónicamente el formulario disponible en el portal corporativo de tramitación Canal Empresa (ver link).
Los interesados deberán tener en consideración que la presentación del formulario de inscripción previa es condición necesaria por a poder percibir la ayuda extraordinaria, siempre que se cumplan los requisitos que se fijen para su concesión tanto en las bases reguladoras como en las convocatorias. Una vez publicadas las convocatorias de las ayudas extraordinarias correspondientes y sin ningún otro trámite por parte de la persona interesada, la presentación del formulario de inscripción previa, rellenado con los datos requeridos, produce los efectos de solicitud de la ayuda.
Para más información en relación a la ayuda pública, dirigirse a la Orden ECO/127/2021 del 14 de junio de 2021 del Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (ver link).
Anexo. Listado CNAE-09 que se incorporan por la Comunidad Autónoma de Catalunya.
CNAE-2009 |
DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD |
---|---|
170 |
Caza, captura de animales y servicios relacionados con las mismas |
1021 |
Procesado de pescados, crustáceos y moluscos |
1061 |
Fabricación de productos de molinería |
1071 |
Fabricación de pan y de productos frescos de panadería y pastelería |
1081 |
Fabricación de azúcar |
1082 |
Fabricación de cacao, chocolate y productos de confitería |
1084 |
Elaboración de especias, salsas y condimentos |
1085 |
Elaboración de platos y comidas preparados |
1107 |
Fabricación de bebidas no alcohólicas; producción de aguas minerales y otras aguas embotelladas |
1320 |
Fabricación de tejidos textiles |
1391 |
Fabricación de tejidos de punto |
1393 |
Fabricación de alfombras y moquetas |
1412 |
Confección de ropa de trabajo |
1431 |
Confección de calcetería |
1511 |
Preparación, curtido y acabado del cuero; preparación y teñido de pieles |
1512 |
Fabricación de artículos de marroquinería, viaje y de guarnicionería y talabartería |
1629 |
Fabricación de otros productos de madera; artículos de corcho, cestería y espartería |
1711 |
Fabricación de pasta papelera |
1722 |
Fabricación de artículos de papel y cartón para uso doméstico, sanitario e higiénico |
2013 |
Fabricación de otros productos básicos de química inorgánica |
2015 |
Fabricación de fertilizantes y compuestos nitrogenados |
2016 |
Fabricación de plásticos en formas primarias |
2060 |
Fabricación de fibras artificiales y sintéticas |
2313 |
Fabricación de vidrio hueco |
2331 |
Fabricación de azulejos y baldosas de cerámica |
2341 |
Fabricación de artículos cerámicos de uso doméstico y ornamental |
2344 |
Fabricación de otros productos cerámicos de uso técnico |
2349 |
Fabricación de otros productos cerámicos |
2351 |
Fabricación de cemento |
2352 |
Fabricación de cal y yeso |
2363 |
Fabricación de hormigón fresco |
2420 |
Fabricación de tubos, tuberías, perfiles huecos y sus accesorios, de acero |
2445 |
Producción de otros metales no férreos |
2530 |
Fabricación de generadores de vapor, excepto calderas de calefacción central |
2571 |
Fabricación de artículos de cuchillería y cubertería |
2652 |
Fabricación de relojes |
2720 |
Fabricación de pilas y acumuladores eléctricos |
2732 |
Fabricación de otros hilos y cables electrónicos y eléctricos |
2740 |
Fabricación de lámparas y aparatos eléctricos de iluminación |
2752 |
Fabricación de aparatos domésticos no eléctricos |
2821 |
Fabricación de hornos y quemadores |
2841 |
Fabricación de máquinas herramienta para trabajar el metal |
2891 |
Fabricación de maquinaria para la industria metalúrgica |
2895 |
Fabricación de maquinaria para la industria del papel y del cartón |
2896 |
Fabricación de maquinaria para la industria del plástico y el caucho |
2910 |
Fabricación de vehículos de motor |
2932 |
Fabricación de otros componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor |
3011 |
Construcción de barcos y estructuras flotantes |
3020 |
Fabricación de locomotoras y material ferroviario |
3099 |
Fabricación de otro material de transporte n.c.o.p. |
3220 |
Fabricación de instrumentos musicales |
3821 |
Tratamiento y eliminación de residuos no peligrosos |
4122 |
Construcción de edificios no residenciales |
4641 |
Comercio al por mayor de textiles |
4642 |
Comercio al por mayor de prendas de vestir y calzado |
4651 |
Comercio al por mayor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos |
4661 |
Comercio al por mayor de maquinaria, equipos y suministros agrícolas |
4663 |
Comercio al por mayor de maquinaria para la minería, la construcción y la ingeniería civil |
4664 |
Comercio al por mayor de maquinaria para la industria textil y de máquinas de coser y tricotar |
4671 |
Comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos, y productos similares |
4677 |
Comercio al por mayor de chatarra y productos de desecho |
4729 |
Otro comercio al por menor de productos alimenticios en establecimientos especializados |
4730 |
Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados |
4763 |
Comercio al por menor de grabaciones de música y vídeo en establecimientos especializados |
4779 |
Comercio al por menor de artículos de segunda mano en establecimientos |
4950 |
Transporte por tubería |
5224 |
Manipulación de mercancías |
5814 |
Edición de revistas |
5821 |
Edición de videojuegos |
5912 |
Actividades de postproducción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión |
5915 |
Actividades de producción cinematográfica y de vídeo |
5917 |
Actividades de distribución cinematográfica y de vídeo |
6130 |
Telecomunicaciones por satélite |
6399 |
Otros servicios de información n.c.o.p. |
7312 |
Servicios de representación de medios de comunicación |
7410 |
Actividades de diseño especializado |
7810 |
Actividades de las agencias de colocación |
7820 |
Actividades de las empresas de trabajo temporal |
7830 |
Otra provisión de recursos humanos |
8030 |
Actividades de investigación |
8211 |
Servicios administrativos combinados |
8220 |
Actividades de los centros de llamadas |
8520 |
Educación primaria |
8531 |
Educación secundaria general |
8532 |
Educación secundaria técnica y profesional |
8543 |
Educación universitaria |
8551 |
Educación deportiva y recreativa |
8552 |
Educación cultural |
8559 |
Otra educación n.c.o.p. |
8790 |
Otras actividades de asistencia en establecimientos residenciales |
8891 |
Actividades de cuidado diurno de niños |
9003 |
Creación artística y literaria |
9106 |
Actividades de archivos |
9312 |
Actividades de los clubes deportivos |
9524 |
Reparación de muebles y artículos de menaje |
9602 |
Peluquería y otros tratamientos de belleza |
1. En este caso, el volumen de operaciones a considerar para determinar el descenso de la actividad será el resultado de sumar todos los volúmenes de operaciones de las entidades que conformen el grupo tanto el 2019 como el 2020. La entidad dominante, o cualquiera de las entidades dominadas, ha tenido que realizar y continuar desarrollando como mínimo alguna de las actividades CNAE, indicadas en el anexo de la Orden, como actividad principal declarada a la Administración.
2. Los grupos y los empresarios, profesionales o entidades cuyo volumen de operaciones en 2020 haya sido superior a 10 millones de euros que desarrollen su actividad económica en más de un territorio autonómico o en más de una Ciudad Autónoma, podrán participar en las convocatorias que se realicen en todos los territorios en los que operen.
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