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Como cualquier otro ingreso que perciban, las personas que reciben dividendos de las empresas de las que son accionistas deben reflejarlo en su declaración de la Renta y tributar por ellos. Sin embargo, la fiscalidad de los dividendos es diferente según se cobren en efectivo o en forma de acciones. En este artículo te explicamos cuál es la retención en cada caso.

Fiscalidad de los dividendos en acciones

Lo más habitual es que las empresas cotizadas repartan dividendos a sus accionistas en efectivo, pero también pueden hacerlo entregándoles nuevas acciones de la compañía. En concreto, les ofrecen determinados derechos de suscripción dependiendo del número de acciones de las que ya sean titulares.

Si este es el caso, el accionista tiene dos opciones: mantener esos derechos y convertirlos en acciones, o bien venderlos en el mercado bursátil. En el primer caso, en ese momento no tendrá que tributar por estas acciones ni se le efectuará ninguna retención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En el segundo caso, la entidad intermediaria le retendrá un 19% del total en concepto de pago a cuenta para el IRPF. Por su parte, el dinero que perciba por la venta de sus derechos de suscripción de nuevas acciones se considerará una ganancia patrimonial, y como tal tendrá que declararla en su Renta en la base del ahorro.

¿Cómo tributan los dividendos?

En cuanto a la opción de percibir dividendos en efectivo, el accionista deberá incluir este ingreso en su declaración de la Renta, en la base del ahorro, dentro de los rendimientos del capital mobiliario. Además, en el momento en que reciba los dividendos, el intermediario financiero le retendrá un 19% del importe total, como pago a cuenta para el impuesto, cuyo resultado final se liquidará en la declaración de la Renta del ejercicio correspondiente.

¿Qué retención se aplica a los dividendos?

Por tanto, si los dividendos se cobran en efectivo, se aplicará una retención del 19%. Lo mismo sucede si se venden los derechos de suscripción preferente de nuevas acciones, cuando el dividendo se entrega en forma de estas.

Excepciones para la retención de dividendos

En consecuencia, la única opción en la que no se realizan retenciones sobre los dividendos es cuando estos se entregan en forma de nueva acciones de la empresa y el accionista decide hacer uso de sus derechos de suscripción preferente y adquirir estas nuevas acciones.

A la hora de entender la fiscalidad de dividendos y acciones, es importante recordar que la base del ahorro está conformada por los rendimientos del capital mobiliario y por las ganancias o pérdidas patrimoniales. Los dividendos en efectivo se integran en los rendimientos del capital mobiliario, mientras que la venta de acciones o los dividendos recibidos en forma de derechos de suscripción preferente (y luego vendidos) se reflejan en las ganancias o pérdidas patrimoniales. Si el saldo de uno de los dos bloques es negativo y el otro es positivo se puede compensar el negativo con hasta un 25% del positivo, y el resto del saldo negativo se podrá compensar en los siguientes cuatro años.

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