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Gestoría, notaría y tasación

  • ¿Banco Santander financia los gastos adicionales (tasación, impuestos, gestoría y notario)?
  • En Banco Santander facilitamos la financiación de hasta un 80% del precio de compraventa o valor de tasación, pero no financiamos los gastos adicionales.
  • ¿Debo contactar con una tasadora para pedir el informe de tasación o puedo hacerlo a través del Banco Santander?
  • Damos las dos opciones: puedes solicitar la tasación a través del banco con un precio competitivo o bien facilitarnos una tasación con una antigüedad inferior a 6 meses y nosotros lo validamos de forma gratuita.
  • ¿Puedo elegir la gestoría que va a tramitar la inscripción de compraventa e hipoteca y la gestión de los impuestos?
  • La gestoría debe ser la que se asigna desde el Banco Santander, no se puede elegir por parte del cliente.
  • ¿Puedo elegir el notario donde voy a firmar la hipoteca?
  • Sí. El cliente es quien debe elegir el notario donde se va a firmar.
  • ¿Es obligatorio acudir al notario para la firma de la hipoteca? ¿Cuántas veces debo acudir?
  • Debido al cambio de ley hipotecaria del año 2019, se debe acudir al notario en dos ocasiones: una primera visita para recibir un asesoramiento por parte del notario para explicar todas las características de la hipoteca. Para este asesoramiento puedes acudir las veces que consideres necesarias. Adicionalmente, tendrás que hacer otra visita obligatoria para la firma de la hipoteca, a la cual debes acudir de forma presencial junto con el vendedor, apoderado de la gestoría y el notario.
  • ¿Quién solicita la nota simple, el banco o yo como cliente?
  • El banco puede tramitar la solicitud de la nota simple junto con la tasación; no obstante, siempre recomendamos que se solicite la nota simple con antelación al pago de la reserva o arras y al trámite de la hipoteca para que puedas asegurarte de que la vivienda no tenga ninguna carga que pueda afectar a la compra y a la hipoteca.
  • ¿Cuánto tarda en gestionarse la tasación encargada?
  • Un plazo medio de 3 a 5 días una vez realizada la visita al inmueble.
  • ¿La tasación es gratuita si firmo la hipoteca con Banco Santander?
  • No, el coste de la tasación es asumida, en todos los casos, por el cliente.
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Autoconstrucción

  • Para iniciar el estudio de una hipoteca autoconstrucción, ¿debo tener el terreno ya a mi nombre?
  • Para tramitar el estudio de hipoteca autoconstrucción debes tener el terreno a tu nombre y estar libre de cargas, además de ser un terreno urbanizable.
  • ¿Se puede financiar el 100% del presupuesto de obra del constructor?
  • Sí, siempre y cuando no exceda el 80% de la tasación a hipótesis de edificio terminado.
  • ¿Puedo financiar la aportación que debo realizar más los gastos?
  • No, los fondos propios deben provenir de ahorros propios o donación familiar.
  • ¿Es obligatorio tener contratado un seguro decenal de obra a la hora de formalizar una hipoteca de autoconstrucción?
  • Sí, por ley es obligatorio contar con un seguro de autoconstrucción que cubra al menos el 100% del importe financiado durante el plazo de la construcción.
  • ¿Ofrece Banco Santander dicho seguro de autoconstrucción?
  • Actualmente no comercializamos el seguro decenal que cubre la Responsabilidad Civil durante la construcción del inmueble.
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Financiación

  • ¿Banco Santander financia el 100% del precio de compraventa en una vivienda propiedad de la entidad?
  • El importe máximo a financiar es el 90% del precio de la compraventa siempre y cuando este importe esté dentro del 80% del valor de tasación.
  • Ya tengo una hipoteca con Banco Santander y cambiaré de vivienda, ¿pueden financiarme el 100% de la nueva vivienda?
  • Sí, se puede realizar una novación sobre la hipoteca actual.
  • ¿Puedo financiar el 90% del valor de c/v de la vivienda?
  • Se puede solicitar el estudio sobre el 90% de tasación siempre que no supere el 80% del valor de compraventa.
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Titularidad

  • Mi régimen económico es bienes gananciales, ¿puedo figurar como único titular en la hipoteca?
  • No, dicho régimen económico obliga a que ambos cónyuges sean titulares de un préstamo hipotecario.
  • Mi régimen económico es separación de bienes, ¿puedo figurar como único titular en la hipoteca?
  • Sí; sin embargo, en caso de compra de vivienda habitual, el cónyuge debe intervenir como consentidor de la operación. Este último no tendrá repercusión económica o fiscal alguna. En el resto de las casuísticas, sí que puede figurar como único titular.
  • ¿Puede haber más de dos titulares si tramito la hipoteca a través del producto de Hipoteca Online?
  • No, el número máximo de intervinientes es dos, sin contemplar las figuras de hipotecante no deudor, avalistas o consentidores.
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Preguntas más comunes de los usuarios

¿Qué es un Aval Bancario?

Un aval bancario es una garantía que el banco entrega a favor del solicitante respondiendo ante terceros en una obligación de pago.

¿Qué es un Aval Bancario?

¿Qué es la TAE de una hipoteca?

La TAE o tasa anual equivalente en las hipotecas es un indicador en forma de tanto por ciento anual que indica el coste efectivo de la hipoteca, incluyendo el tipo de interés, los gastos y comisiones bancarias.

¿Qué es la TAE de una hipoteca?

¿Qué es la novación de una hipoteca?

La novación de una hipoteca es cualquier cambio que se produzca en las condiciones del préstamo hipotecario en un momento posterior a la firma.

¿Qué es la novación de una hipoteca?

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