La solicitud de una hipoteca lleva aparejada unos gastos e impuestos que hay que conocer para poder valorar con exactitud a cuánto ascenderá económica la operación de compra de una casa.

Gastos de formalización de la hipoteca

En el caso de que vayas a financiar la compra de la vivienda mediante un préstamo hipotecario, estos son los gastos asociados a la hipoteca que hay que tener en cuenta:

La formalización de una hipoteca cuenta con una serie de gastos y comisiones asociadas:

Gastos de tasación

La tasación debe ser realizada por una asociación homologada y supervisada por el Banco de España. Estos gastos incluyen una parte fija y otra que varía dependiendo del tipo de inmueble y otros factores.

Gastos de notaría

Es obligatorio que toda hipoteca se formalice en documento público. Los aranceles notariales están fijados por ley. La cifra final varía según la cuantía de la operación, el número de folios de la escritura y la copia expedida.

Gastos de registro

La hipoteca, igual que la vivienda, tiene que inscribirse en el Registro de la Propiedad, un trámite que supone el pago de unas tasas, estipuladas por ley y que varían en función de las características de la hipoteca.

Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD)

Es un impuesto que grava los actos jurídicos que se documenten, entre ellos los documentos notariales. La cantidad depende del importe de la hipoteca y de la comunidad autónoma, y oscila entre el 0,5% y el 1,5% de la responsabilidad hipotecaria (el capital más los intereses y los gastos). Nosotros, como entidad bancaria, asumimos este impuesto.

Gastos de gestoría

La entidad bancaria encargará a una gestoría que realice la tramitación de la inscripción de la escritura ante el Registro de la Propiedad y la liquidación de los correspondientes impuestos.

Comisión de apertura

También se contabiliza entre los gastos de la hipoteca la comisión que cobra el banco al cliente por la concesión de la hipoteca, que oscila entre el 0,5% y el 2% del capital prestado, aunque en algunos casos a entidad puede eliminar esta comisión.

Nota simple o Certificación registral.

Reparto de los gastos de la hipoteca

La reforma de la Ley Hipotecaria de 2019 supuso un nuevo reparto de los gastos hipotecarios entre el propietario y la entidad bancaria. De esta forma, el reparto del pago de estos gastos de hipoteca queda de la siguiente forma:

  • Gastos que asume el propietario: deberá abonar los gastos de tasación. También la Nota Simple.
  • Gastos que asume la entidad bancaria: el banco se encarga de pagar los gastos de notaria, la inscripción en Registro, el coste de la gestoría y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

Otros gastos de la compra de una casa

Hasta ahora hemos visto los gastos vinculados a la formalización de una hipoteca para adquirir una vivienda. A estos habrá que añadirles los gastos asociados a la operación de compraventa. Se trata de costes derivados de esta operación, de carácter obligatorio, diferentes del propio precio de venta del inmueble y que hacen variar el importe final.

En este listado de gastos obligatorios por la compra de una vivienda se contabilizan:

  • Gastos de la inmobiliaria: si se realiza la compraventa a través de una inmobiliaria, debemos añadir al cálculo de gastos su porcentaje de gestión.
  • Gastos de la gestoría por la tramitación de la compraventa.
  • Gastos de la notaría: son los gastos relativos a la escritura pública de compraventa. Los aranceles de las notarías están fijados por ley y se calculan según el tipo de vivienda, el valor del inmueble, la extensión de la escritura o el número de copias. Si en el documento de arras están establecidos los gastos según la Ley, el pago de la matriz la asume el vendedor.
  • IVA o Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): dependiendo de si la compra es de un piso nuevo o de segunda mano habrá que pagar uno u otro impuesto por la adquisición del inmueble. Así, en la adquisición de una vivienda nueva, el tipo de IVA será del 10% con carácter general o solo del 4% si se trata de una vivienda de protección oficial. En caso de compraventa de una vivienda de segunda mano no se pagaría IVA pero sí se paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que varía en función de la comunidad autónoma (entre un 6% y un 10% del importe de la venta).
  • Gastos de registro de la escritura de compraventa: es otro de los gastos de compra de una vivienda y es el resultado de inscribir la compraventa de la vivienda en el Registro de la Propiedad. Las tasas del registro también están fijadas legalmente.

En resumen, la adquisición de una casa es una operación que incluye una serie de gastos, tanto de la propia compraventa como de la hipoteca si se necesita financiación, que es necesario conocer para no llevarse sorpresas en el desembolso final.

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