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CON LOS SEGUROS DE VIDA DE LA GAMA PROTECCIÓN FAMILIAR

Elige la modalidad que mejor se adapta a tus necesidades de protección y asegura tu tranquilidad y la de los tuyos.

Protección Familiar Esencial1

Protege a tu familia ante la posible pérdida de ingresos en caso de fallecimiento, desde 120€ al año. Calcula tu seguro.

Protección Familiar en Femenino

Exclusivo para mujeres con una indemnización de 30.000 € en caso de detección de cáncer femenino2. Calcula tu seguro.

Protección Familiar Plus

Con las coberturas de Fallecimiento, Gran Invalidez e Invalidez Permanente Absoluta incluidas. Calcula tu seguro.

Ante qué me protegen

Conoce cuáles son las coberturas de tus Seguros de Vida: Protección Familiar Plus, Protección Familiar en Femenino y Protección Familiar Esencial.

Coberturas

Protección Familiar Plus

Protección Familiar en Femenino

Protección Familiar Esencial

Fallecimiento

Invalidez Permanente Absoluta

x

Gran Invalidez

x

x

Cáncer femenino2

x

x

Capital adicional en caso de fallecimiento por accidente

Opcional

x

x

Fallecimiento por accidente de circulación

Opcional

x

x

Servicios adicionales de protección familiar



x
  • Fallecimiento. En caso de fallecimiento por cualquier causa, los beneficiarios cobrarán la cantidad contratada en la póliza.
  • Fallecimiento por accidente. Además del capital por fallecimiento cubierto como riesgo principal, se acumulará el capital previsto por accidente.
  • Fallecimiento por accidente de circulación. Al capital por fallecimiento cubierto como riesgo principal, se acumulará tanto el capital por fallecimiento por accidente como el capital por fallecimiento en accidente de circulación.
  • Invalidez Permanente Absoluta. Situación física irreversible, que te inhabilita por completo y con carácter permanente para el desarrollo de toda profesión u oficio, relación laboral o actividad comercial. Deberá estar oficialmente reconocida por la Seguridad Social u otro organismo equivalente.
  • Gran invalidez. Se entiende como tal, la situación de invalidez que, a consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, suponga la necesidad de asistencia de otra persona para llevar a cabo los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos. Deberá estar oficialmente reconocida por la Seguridad Social u otro organismo equivalente.
  • Cáncer femenino. En caso de diagnóstico1 de cáncer femenino, la beneficiaria recibirá el capital asegurado. Cubre tanto el cáncer, como el carcinoma in situ (cáncer en primera fase de detección, encapsulado y todavía no diseminado) originado en cualquiera de los siguientes órganos o tejidos: cérvix uterino o cuello uterino, cuerpo uterino o útero, ovarios, trompas de Falopio, vagina, vulva o mamas, incluyendo además el carcinoma de placenta. El pago de este capital supondrá la cancelación de la garantía de cáncer femenino.
  • Servicios adicionales. Las pólizas Protección Familiar Plus y Protección Familiar en Femenino cuentan con servicios adicionales como orientación médica, asesoramiento en nutrición y dietética y test de hábitos saludables.

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Condiciones para contratarlos

En función del producto seleccionado, tu edad y capital asegurado deberás rellenar un sencillo cuestionario médico, una encuesta médica por teléfono o un reconocimiento médico.


Edad mínima de contratación

Edad máxima de contratación

Protección Familiar Plus

18 años

64 años

Protección Familiar en Femenino

18 años

64 años

Protección Familiar Esencial

  • 32 años si contratas online.
  • 42 años si contratas en oficina o a través de Santander Personal.

64 años

¿Cómo contratarlos?

Realiza la contratación online o a través de tu gestor de oficina o Santander Personal.

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Preguntas frecuentes

¿Para qué sirve un seguro de vida? Icon / PlusCreated with Sketch.Icon / minusCreated with Sketch.

Contratar un seguro de vida es una garantía para poder afrontar algunas circunstancias complicadas con la mayor tranquilidad y apoyo posibles.

¿Quién cobra el seguro de vida? Icon / PlusCreated with Sketch.Icon / minusCreated with Sketch.

Para los Seguros Protección Familiar Plus, Protección Familiar en Femenino2 y Protección Familiar Esencial en caso de fallecimiento, los beneficiarios previamente designados recibirán la indemnización. Para el resto de coberturas, la indemnización la recibirá el asegurado.

¿Puedo cambiar el beneficiario designado? Icon / PlusCreated with Sketch.Icon / minusCreated with Sketch.

Para los Seguros de Vida Protección Familiar Plus, Protección Familiar en Femenino y Protección Familiar Esencial se podrán cambiar en cualquier momento salvo que se haya designado beneficiario con carácter irrevocable.

¿Qué es Fallecimiento por accidente? Icon / PlusCreated with Sketch.Icon / minusCreated with Sketch.

Se trata del fallecimiento causado por todo acontecimiento externo, súbito y violento, ajeno a la voluntad del asegurado y que cause su muerte dentro de los 365 días siguientes a la fecha de ocurrencia. En ningún caso se considera accidente el infarto de miocardio o una enfermedad cerebro-vascular.

¿Qué es Fallecimiento por accidente de circulación? Icon / PlusCreated with Sketch.Icon / minusCreated with Sketch.

Se entiende como fallecimiento por accidente de circulación el ocurrido como peatón causado por un vehículo, como conductor o pasajero en vehículo terrestre de motor y bicicleta o el ocurrido como pasajero de transporte público terrestre, marítimo o aéreo.

¿Qué es la Invalidez permanente absoluta? Icon / PlusCreated with Sketch.Icon / minusCreated with Sketch.

Situación física irreversible, que te inhabilita por completo y con carácter permanente para el desarrollo de toda profesión u oficio, relación laboral o actividad comercial. Deberá estar oficialmente reconocida por la Seguridad Social u otro organismo equivalente.

¿Qué es la Gran invalidez? Icon / PlusCreated with Sketch.Icon / minusCreated with Sketch.

Situación de invalidez que, a consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, suponga la necesidad de asistencia de otra persona para llevar a cabo los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos. Deberá estar oficialmente reconocida por la Seguridad Social u otro organismo equivalente.

¿Existen exclusiones?2 Icon / PlusCreated with Sketch.Icon / minusCreated with Sketch.

Sí. No se pagarán los capitales cubiertos, entre otros motivos, en caso de:

  • Suicidio, intento de suicidio, delitos, apuestas, desafíos o riñas en los que se participe (excepto en legítima defensa).
  • Hechos provocados por el consumo de drogas o alcohol.
  • Enfermedades o accidentes, anteriores a la contratación del seguro, que no se hayan declarado.

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    ¿Para qué sirve un seguro de vida? ¿Quién cobra el seguro de vida?
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