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¿Qué son las bases de cotización de la Seguridad Social?

La base de cotización equivale a la remuneración mensual bruta de un trabajador, incluyendo las pagas extraordinarias prorrateadas y las horas extra realizadas.

Todos los trabajadores están obligados a cotizar a la Seguridad Social para poder tener derecho a la asistencia sanitaria y a la acción protectora de este sistema, a través de prestaciones económicas en caso de desempleo, jubilación o incapacidad temporal, u otras circunstancias (baja por maternidad, etc.). Dependiendo de lo que se cotice a la Seguridad Social, el importe de la prestación será mayor o menor.

Las bases de cotización son diferentes según el régimen en que se encuadre el trabajador: régimen general, régimen de autónomos, régimen de trabajadores del mar, sistema especial de trabajadores agrarios o de empleados de hogar.

Tipos de cotización

Cada mes, el trabajador aporta a la Seguridad Social un porcentaje de su sueldo en función de distintas contingencias. Su empleador contribuye con otro porcentaje por esas mismas contingencias. Son lo que se denominan tipos de cotización.

Así, en el régimen general, por contingencias comunes (para las bajas laborales por enfermedad común o accidente no laboral) al empleado se le retiene un 4,70% de su salario bruto mensual y la empresa aporta otro 23,60%.

Por horas extraordinarias de fuerza mayor el trabajador contribuye con un 2% y la empresa con un 12%; para el resto de horas extra, los porcentajes son 4,70% y 23,60%, respectivamente.

Por desempleo, el trabajador aporta el 1,55% de su sueldo y la empresa un 5,50%.

El trabajador también contribuye con un 0,10% de su salario para formación profesional (la empresa aporta un 0,60%).

En cuanto a las cotizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, el régimen general solo se nutre con las aportaciones exclusivas de la empresa. No así en el régimen de autónomos, donde se paga un 0,9%.

Estos tipos de cotización pueden variar según las modalidades contractuales y estar sujetos a deducciones o exoneraciones.

¿Cuáles son las bases de cotización mínimas y máximas?

En el Régimen General de la Seguridad Social, la base de cotización varía en función de la categoría profesional del trabajador, estableciéndose para cada una de ellas una base mínima y una máxima. Así, para el grupo de cotización 7 (auxiliares administrativos) la base mínima asciende en 2022 a 1.166,70 euros, mientras que para el grupo de cotización 1 (ingenieros y licenciados, personal de alta dirección), la base máxima de cotización alcanza los 4.139,40 euros.

Beneficios sociales de la cotización

En algunos casos la Seguridad Social establece deducciones o exoneraciones en las cotizaciones al objeto de incentivar la inserción laboral de determinados colectivos con dificultades para el acceso a un empleo, promover la contratación indefinida o favorecer la transformación de contratos temporales en indefinidos. Estos beneficios en la cotización a la Seguridad Social se traducen en bonificaciones en las aportaciones empresariales (que pueden llegar al 100%), deducciones de determinadas cantidades en las cuotas, o exoneraciones del pago de las cuotas a la Seguridad Social para los trabajadores que cumplan determinados requisitos.

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