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El trabajo como autónomo, o por cuenta propia, constituye un régimen especial de la Seguridad Social y, como tal, tiene particularidades en el acceso a la jubilación. En este artículo te contamos cuándo puede jubilarse un autónomo y cómo es su pensión.

¿Cuándo se puede jubilar un autónomo?

La edad de jubilación de un autónomo es la misma que para un trabajador del régimen general de la Seguridad Social. La prestación que recibe también se le reconoce en los mismos términos y condiciones, esto es, teniendo en cuenta los años cotizados y sus bases reguladoras, aunque con particularidades, por ejemplo, no existe integración de lagunas (períodos sin cotizar).

Además, un trabajador autónomo podrá acceder a la pensión antes de cumplir la edad ordinaria de jubilación si ha efectuado cotizaciones en alguno de los regímenes de la Seguridad Social que reconozcan el derecho a la jubilación anticipada, si cumple determinados requisitos y en casos concretos.

Factores que influyen en la jubilación de los autónomos

El requisito de partida para tener derecho a causar una pensión de jubilación como autónomo es tener un mínimo de 15 años cotizados en este régimen.

Y al igual que sucede con los trabajadores por cuenta ajena, dos serán los factores principales que determinarán la cuantía de la pensión de jubilación de un trabajador autónomo:

Edad de jubilación en autónomos en 2023

Desde 2013, la edad de jubilación se retrasa poco a poco , anualmente, con el objetivo de que quede establecida en los 67 años en 2027. Esto quiere decir que en 2023 un trabajador por cuenta propia puede jubilarse con 65 años, si ha cotizado 37 años y nueve meses o más. En caso de haber cotizado menos tiempo, deberá esperar a los 66 años y cuatro meses para poder jubilarse.

Bases de cotización para autónomos

El sistema de cotización de los autónomos se modificó en 2023 con el objetivo de que las bases de cotización fuesen más ajustadas a los ingresos reales de este tipo de trabajadores. Así, desde este año las cotizaciones de los trabajadores autónomos se calcularán en función de sus rendimientos netos anuales, obtenidos en el ejercicio de todas sus actividades económicas, empresariales o profesionales.

Se ha establecido una tabla general y una tabla reducida de bases de cotización para los autónomos que están divididas en tramos consecutivos de importes de rendimientos netos mensuales. En cada tramo existen unas bases de cotización máxima y mínima mensual. El autónomo tendrá que elegir entre ellas, en el tramo que más se acerque a la previsión de rendimientos que tendrá en el año.

Si se producen variaciones en los rendimientos netos, el trabajador autónomo podrá cambiar de base de cotización cada dos meses (es decir, podrá modificar la base un máximo de seis veces al año). Esta modificación es de utilidad, por ejemplo, si el trabajador por cuenta propia prevé que algunos meses del año tendrá menos ingresos, o al contrario, si se incrementen sus ingresos en un periodo determinado, podrá cotizar más.

Estas bases mensuales que elige el autónomo cada año tienen un carácter provisional, porque, al finalizar el año natural, la Seguridad Social procederá a su regularización una vez reciba información de la AEAT sobre los rendimientos anuales realmente percibidos. En este punto podrán darse dos situaciones: si la cuota de autónomos elegida es inferior a los rendimientos percibidos, se informará al trabajador para que ingrese la diferencia. Si la cotización fue superior a la que le correspondía, la Seguridad Social le reintegrará la diferencia.

¿Puede un autónomo jubilarse parcialmente?

La ley de la Seguridad Social prevé que los autónomos también puedan jubilarse parcialmente, pero su concreción todavía está pendiente de desarrollo reglamentario.

¿Es posible cobrar la jubilación de autónomos y seguir trabajando?

Sí, se puede cobrar la pensión de jubilación de autónomos y seguir trabajando. La llamada jubilación activa permite compatibilizar el cobro de una pensión de jubilación con el desarrollo de una actividad laboral, por cuenta propia o ajena.

En el caso de los autónomos, incluso podrán cobrar el 100% del importe de su pensión si acreditan tener contratado al menos a un trabajador por cuenta ajena.

Para poder acceder a la jubilación activa, el autónomo tendrá que cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber pasado al menos un año desde la edad ordinaria de jubilación.
  • Haber cotizado los años suficientes para tener derecho a percibir el 100% de la pensión.
  • No haberse beneficiado de bonificaciones o anticipaciones en la edad de jubilación.

Cálculo de la pensión de jubilación en autónomos

El importe de la pensión de jubilación de un autónomo se calcula aplicando a la base reguladora el porcentaje general que corresponda en función de los años cotizados.

La regla general para conocer la base reguladora que se utilizará para calcular la pensión de jubilación es dividir por 350 las bases de cotización del solicitante de los 300 meses inmediatamente anteriores (25 años) al mes previo a jubilarse.

Una vez calculado esto, hay que averiguar a qué porcentaje de pensión de jubilación se tiene derecho, en función de los años cotizados. El mínimo para poder tener derecho a cualquier pensión contributiva son 15 años cotizados, lo que permite cobrar el 50% de la base reguladora. Si se han cotizado más de 15 años, se irá incrementando la base reguladora de manera porcentual:

  • Los 49 primeros meses se añade el 0,21% por cada mes cotizado.
  • Los siguientes 209 meses se suma el 0,19% por cada mes cotizado.

En 2023, para poder tener derecho al 100% de la base reguladora habrá que haber cotizado al menos 36 años y medio.

¿Cuánto cobra un autónomo cuando se jubila?

La cuantía de la pensión de un autónomo se concretará en función de los años que haya cotizado a lo largo de su vida laboral y de las bases de cotización que haya elegido en cada momento. Un porcentaje sobre esta base de cotización es lo que se ingresa cada mes a la Seguridad Social en forma de cuota de autónomos.

Para un autónomo que haya cotizado los 36 años y medio anteriormente indicados, si lo ha hecho por la base de cotización mínima (950,98 euros al mes en 2023) percibirá una pensión de 815 euros al mes. Si ha cotizado por la base máxima (4.495,50 euros en 2023) cobrará 3.058,81 euros (límite máximo establecido por ley).

En Banco Santander contamos con un simulador de jubilación que permite hacer los cálculos para cada situación.

¿Qué pensión le queda a un autónomo con 15 años cotizados?

Con 15 años cotizados un autónomo genera derecho a pensión de jubilación, que le permitirá cobrar el 50% de su base reguladora.

Para alguien que haya cotizado por la base mínima, si solo ha cotizado 15 años a la Seguridad Social, y seguimos la fórmula arriba indicada, el importe de la pensión será de 407 euros mensuales (el 50% de su base reguladora) en 14 pagas. Si hubiera cotizado por la base máxima, la prestación ascendería a 1.926 euros al mes.

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