¿Qué es un Aval Bancario?
Un aval bancario es una garantía que el banco entrega a favor del solicitante respondiendo ante terceros en una obligación de pago. Es decir, el banco se convierte en avalista y responderá por el solicitante del aval en el caso de que éste no pueda efectuar el pago que tiene convenido con un tercero.
¿Cuáles son los requisitos para obtener un aval bancario?
Ofreciendo un aval, el banco se hace responsable de una posible futura deuda del solicitante, por lo que corre un riesgo, al igual que en los préstamos. El banco no tiene que desembolsar el dinero en el momento (y es muy probable que nunca llegue a hacerlo) pero igualmente solicitará una serie de requisitos que, normalmente, son los mismos que se exigen en cualquier operación de activo.
Los avales bancarios, en particulares, se utilizan sobre todo como garantía en los contratos de alquiler. El solicitante del aval deberá ser cliente del banco en cuestión, que analizará su nivel de solvencia y su cumplimiento de pagos y comprobará los fondos de que dispone. Si está todo en orden hay muchas posibilidades de que avale por la cantidad solicitada. Para esto, el que pide el aval deberá proporcionar los datos específicos del inmueble que quiere alquilar, del dueño y del importe que se solicita en el aval.
Duración y término de un aval bancario
El aval bancario puede tener un plazo indefinido, es decir, sin caducidad o, por el contrario, una fecha de fin concreta. La cuantía del aval vendrá establecida, en el caso de un alquiler de una vivienda, por el número de mensualidades que solicite el arrendador. Una vez aprobada la operación, el banco otorgará el documento de aval bancario al solicitante que, a su vez, le dará una copia a su arrendador. La concesión del aval implica para el cliente el pago de una serie de comisiones, como de estudio, de formalización y mensuales.
En el periodo de tiempo establecido, y siempre que el solicitante no cumpla con lo acordado en su contrato de alquiler, el arrendador podrá solicitar al banco las mensualidades no abonadas. Para ello deberá demostrar también el impago de dichas mensualidades. Una vez abonadas las mensualidades, el Banco podrá reclamarlas al solicitante.
Si el plazo de duración del aval expira sin ninguna incidencia, el propio banco cerrará el aval y dará la operación por finalizada. El cliente avalado deberá recuperar el aval físico para poder cancelarlo adecuadamente.
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