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El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación entiende que una raza autóctona es una raza propia de una región española determinada que, por norma general, ofrece un menor rendimiento que las demás. Además, se cría en régimen extensivo y no intensivo, lo que tiene beneficios en términos de sostenibilidad medioambiental.

Esto, unido a que las razas autóctonas poseen un mayor valor de conservación al formar parte del patrimonio genético animal de España, hacen que sean motivo de una protección administrativa especial. Incluso ha creado el logotipo ‘Raza Autóctona 100%’ con el propósito de facilitar a los consumidores conocer el origen de los productos animales que consumen. Una demanda cada vez más frecuente.

Actualmente, en España hay decenas de razas autóctonas reconocidas. Todas ellas aparecen registradas en el Real Decreto 527/2023, del 20 de junio. Las medidas para su protección e impulso están recogidas en el Plan de Desarrollo del Programa Nacional de Conservación, Mejora y Fomento de las Razas Ganaderas.

Valor de sostenibilidad de las razas autóctonas

Como se dijo anteriormente, uno de los principales valores en términos de sostenibilidad de las razas autóctonas es que se crían en regímenes extensivos. Esto quiere decir que se lleva a cabo en grandes extensiones de terreno que, en la mayoría de los casos, preservan sus condiciones naturales. En ellos, los animales tienen la posibilidad de aprovechar los recursos naturales disponibles y seleccionar los alimentos que consumen con cierto grado de libertad, ya que son dirigidos a través de labores de pastoreo.

Sin duda, se trata de un modelo totalmente contrario al intensivo o industrial que, a pesar de que juega un papel clave a la hora de garantizar las necesidades de consumo de proteínas por parte de las personas, tiene un alto impacto en el medioambiente. Cada vez somos más conscientes de ello y de que se deben tomar medidas para prevenir el calentamiento global y el cambio climático.

Por su lado, también hay estudios que demuestran que la cría de razas autóctonas protege las áreas naturales de mayor valor frente a incendios. Principalmente, mediante la eliminación de los pastos que pueden servir como combustible en los meses más calurosos del año. También son de gran ayuda para el mantenimiento de los cortafuegos.

Sin embargo, el valor de sostenibilidad que tienen las razas autóctonas no sólo puede entenderse desde una perspectiva medioambiental. También se traduce en productos alimenticios de mayor calidad para las personas y en unas condiciones económicas más justas para los ganaderos, si bien es cierto que todavía hacen falta ayudas para implantar el modelo.

¿Cómo apoyar la conservación de especies?

Desde la perspectiva del ganadero, el apoyo a la conservación de especies sólo puede entenderse desde el cambio de paradigma del modelo intensivo al extensivo. Asimismo, si se pone el foco en el consumidor, pasa por el consumo de alimentos cárnicos con el sello de ‘Raza autóctona 100%’, al que se hizo referencia anteriormente.

No obstante, la clave principal está en la creación de ayudas que incentiven a los ganaderos a apostar por la cría de razas autóctonas, así como a las entidades sin ánimo de lucro a hacer el pertinente trabajo de conservación.

En este sentido, tanto el Gobierno de España como las autoridades de la Unión Europea e, incluso, las comunidades autónomas que conforman el territorio nacional han creado un plan de ayudas destinadas a la preservación de las razas autóctonas españolas: algo indispensable para compensar los elevados gastos que supone esta actividad, motivar a los ganaderos y ofrecer precios más justos en el mercado.

Ayudas destinadas al impulso de razas autóctonas

Todas las ayudas y subvenciones concedidas para el impulso de las razas autóctonas españolas tienen como objetivo mantener la diversidad zoogenética nacional, es decir, mantener y conservar el elevado patrimonio genético español.

Puesto que las razas autóctonas pertenecen a regiones concretas del territorio nacional, estas ayudas son gestionadas por las diferentes comunidades autónomas que conforman España, a pesar de ser ofrecidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Su cuantía puede variar en función de las partidas presupuestarias destinadas a tal fin y del grado de protección que merezca la raza autóctona que se quiere trabajar. Por ejemplo, las últimas convocadas por Castilla y León fueron de un máximo de 60.000 euros por cada una de ellas.

Pero, ¿qué finalidades concretas persiguen estas ayudas? Depende del caso. Sin embargo, podemos decir que, con carácter general, son las siguientes:

  • Desarrollo del programa de mejora reconocido oficialmente para la raza autóctona en cuestión: en estos documentos se recogen las actividades imprescindibles destinadas a la conservación in situ de los ejemplares. En este caso, las ayudas tienen el objetivo de sufragar los gastos relativos a su puesta en marcha y su ejecución.
  • Creación o, en su defecto, mantenimiento de libros genealógicos: se trata de registros gestionados por las asociaciones de ganaderos con el propósito de inscribir animales de razas autóctonas determinadas. En ellos se hace mención a sus ascendientes (como mínimo, su padre y madre), lo que permite verificar fácilmente su origen y su pureza. Estas ayudas pueden sufragar los gastos de compra y mantenimiento de material informático, adquisición de material de oficina no inventariable, salarios del personal técnico y administrativo o, incluso, el propio alquiler de locales y oficinas.
  • Fundación o mantenimiento de bancos de germoplasma: el germoplasma es el conjunto de genes que se transmiten a la descendencia durante la reproducción a través de las células reproductoras y los gametos. En este sentido, las ayudas también están pensadas para sufragar su conservación en un lugar adecuado con el objetivo de preservar las razas autóctonas más amenazadas, para evaluar la calidad genética de los ejemplares o para determinar su rendimiento. Han de ser entidades autorizadas oficialmente.

¿Quién las puede solicitar?

Por norma general, las ayudas para el impulso de las razas autóctonas pueden ser solicitadas por todas las organizaciones y asociaciones de ganaderos reconocidas por las diferentes consejerías de agricultura, ganadería y desarrollo rural de las comunidades autónomas. También se engloban aquí los titulares de explotaciones ganaderas y las entidades sin ánimo de lucro, como pueden ser las organizaciones no gubernamentales (ONG).

Requisitos de las ayudas para el mantenimiento de razas autóctonas

Como es obvio, para poder optar a una de estas ayudas para el mantenimiento de razas autóctonas hay que cumplir una serie de requisitos. Aunque también suelen depender de las comunidades autónomas que las convocan, lo cierto es que la mayoría son compartidos por todas ellas:

  • Estar inscritos y reconocidos dentro del correspondiente programa de cría de la raza en cuestión o, con carácter general, de las razas autóctonas españolas.
  • Cumplir con las condiciones zootécnicas y genealógicas para la cría y el comercio de las razas autóctonas establecidas en el Reglamento (UE) 2016/1012.
  • Cumplir también con lo establecido en la Ley General de Subvenciones (Ley 38/2003, de 17 de noviembre). Especialmente, con los apartados 2, 3 y 3 bis del artículo 13, que hace referencia a los requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora.
  • Generalmente, tener la condición de pequeña o mediana empresa, es decir, de pyme. Para ello, suelen usarse los criterios establecidos en el Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión Europea.
  • No tener la consideración de “empresa en crisis”, lo que excluye a todas aquellas sometidas a concursos de acreedores, expedientes de regulación de empleo generales o temporales, etc.
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social, la Agencia Tributaria y las autoridades correspondientes de la administración autonómica.
  • No estar sometido a una orden de recuperación, es decir, de devolución de una ayuda o subvención previa que haya sido declarada ilegal o incompatible.

El cumplimiento de todos estos requisitos se demuestra mediante la entrega de una serie de documentos junto al formulario de solicitud. Generalmente, suelen ser requeridos los siguientes:

  • Copia del documento de constitución de la empresa y de sus correspondientes estatutos o, en su defecto, declaración responsable de que el solicitante tiene la condición de pyme.
  • Certificado de exención de IVA emitido por la Agencia Tributaria (solo si se quiere incluir el coste de este impuesto como gasto a subvencionar).
  • Presupuesto de gastos para el año corriente con los gastos de actividades subvencionables debidamente desglosados.
  • Si se trata de una entidad sin ánimo de lucro, declaración responsable de que se tiene esta condición.
  • Cualquier otro documento que acredite que la pyme está facultada para solicitar y disfrutar de la ayuda para la protección de las razas autóctonas españolas.

Toda esta documentación, así como el formulario de solicitud, puede entregarse por vía telemática, que también es lo más recomendable para ahorrar tiempo y agilizar el proceso. También es posible presentarla en la sede de la consejería de agricultura, ganadería y desarrollo rural de la comunidad autónoma en cuestión.

Por su parte, las consejerías de agricultura y ganadería de las comunidades autónomas tienen un plazo de seis meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de solicitud para notificar la concesión o denegación de la ayuda. En caso de que no haya respuesta una vez transcurrido ese plazo, la decisión se considerará negativa por silencio administrativo. Ante esa decisión sólo cabe presentar un recurso de reposición o, en su defecto, acudir a la vía contencioso-administrativa.

Lo que está claro llegados a este punto es que las razas autóctonas españolas merecen una protección especial y, por ello, las autoridades gubernamentales destinan importantes recursos con el fin de preservarlas. Sin duda, juegan un papel clave en términos de sostenibilidad y de mantenimiento del patrimonio genético nacional.

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