Todo lo que tienes que saber sobre el modelo 303
PYMES Y NEGOCIOS I 11 de mayo de 2021
Si eres autónomo, profesional o tienes tu propio negocio, es muy probable que identifiques el periodo de presentación de impuestos como uno de esos momentos de estrés de los que no te puedes escapar. Es el caso de la presentación de la declaración del IVA, un impuesto indirecto que recae sobre el consumidor y en el que, como empresario, solo actúas como “recaudador” para la Agencia Tributaria. Para ello, tienes que cumplimentar y presentar en Hacienda el Modelo 303 de autoliquidación del IVA.
Con más de 80 casillas, este formulario es, quizás, uno de los más densos de cumplimentar, pero de gran importancia. Para facilitarte la labor, te explicamos qué es y cómo hay que rellenarlo.
El modelo 303 es un formulario de declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido. Las empresas son encargadas de recaudar el IVA en nombre de Hacienda a través de los consumidores que compran sus productos o servicios, para posteriormente presentar este documento cumplimentado, así como ingresar las cantidades recaudadas a través de las facturas a la Agencia Tributaria.
Cuando compramos o vendemos algo se paga o ingresa una cantidad en concepto de IVA. Este impuesto recae sobre el consumidor final y no sobre los empresarios o autónomos. Es por ello que si tienes tu propio negocio puedes solicitar a Hacienda la devolución de dicho pago. El modelo 303 de declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido por el que tendrás que pagar a la Agencia Tributaria la diferencia entre el IVA que has repercutido en tus facturas de ventas o servicios y el que has soportado en las de gastos. Y es que ese tanto por ciento adicional que incluyes en tus facturas en forma de IVA no te pertenece. Solo actúas como intermediario, ya que lo estás cobrando en nombre de Hacienda que, posteriormente, te lo reclamará a través de la presentación del modelo 303.
Se trata de un formulario dividido en ocho secciones y más de 80 casillas. Pero no te asustes, porque muchas de ellas no hay que rellenarlas y es más sencillo de lo que parece.
El modelo 303 debe ser presentado por cualquier profesional, autónomo o empresario que desarrolle una actividad económica y operaciones sujetas a IVA, independientemente del tipo de empresario que sea (sociedad, autónomo, asociación, cooperativa, sociedad civil…) y del resultado de la declaración (a ingresar, a cero, negativa a compensar o devolver), está obligado a presentar el modelo 303 de forma trimestral. También deben presentarlo los arrendadores de inmuebles o bienes y los promotores inmobiliarios. Según el resultado de esta declaración, te tocará pagar a Hacienda o que sea ésta la que te devuelva.
Por cierto, como hemos dicho cualquier autónomo o negocio empresarial está obligado a declarar a la Agencia Tributaria todo lo que ha facturado al consumidor, aunque todavía no haya cobrado la cantidad. Por eso, ten en cuenta la emisión de la factura, y, sobre todo, la fecha, que esté dentro del periodo sobre el que estás informando.
La mayoría de los autónomos y empresas deben presentar la autoliquidación del IVA trimestralmente (las compañías con una gran facturación deberán hacerlo mensualmente). Para ello, Hacienda establece los siguientes plazos:
Las declaraciones realizadas vía online tienen cinco días menos en el plazo de liquidación.
Antes de ponerte a rellenar el formulario, no te olvides de tener a mano todos los ingresos y gastos realizados y las facturas de todos ellos para poder justificarlos. Comprueba que todas ellas están dentro del plazo trimestral correspondiente.
Ya sabes qué es el modelo 303, quién debe presentarlo y cuándo, así que ahora toca cumplimentarlo:
Como su propio nombre indica, en la sección 1 solo tienes que rellenar tus datos y en la 2, el ejercicio fiscal y el periodo al que corresponde la autoliquidación (primer trimestre 1T, segundo trimestre 2T, tercer trimestre 3T o cuarto trimestre 4T). También te plantean una serie de cuestiones relacionadas con tu actividad. Marca sí o no, según corresponda.
Es el apartado clave del modelo 303, ya que es en el que vas a detallar el IVA devengado (es decir, el que has cobrado a tus clientes) y, por otro, debes indicar el IVA deducible (el que has pagado a tus proveedores). Sin embargo, en este punto tienes que tener cuidado, porque no todos los gastos son deducibles. Comprueba en la Agencia Tributaria cuáles son y en qué porcentaje.
Este apartado se divide en dos secciones, según el régimen de IVA al que te hayas acogido:
RÉGIMEN GENERAL
Esta es la aplicación más común por parte de los autónomos. El resultado es la diferencia de la liquidación de las cuotas de IVA devengado menos la suma de IVA de tus facturas de gastos. Para calcularlo, debes rellenar los siguientes apartados:
IVA DEVENGADO
El régimen simplificado de IVA se aplica únicamente a los autónomos que cotizan en estimación objetiva (módulos). De hecho, si en las preguntas de la primera sección del modelo 303 has indicado que trabajas exclusivamente en régimen general, estos apartados no se te mostrarán. Si no es tu caso y debes rellenarlo, verás que en esta sección se señalan los módulos contemplados en la orden, que indican cuál es el IVA devengado por ventas. A continuación, se le restará el IVA deducible por operaciones corrientes (sin incluir las inversiones) y se le añadirá un 1% extra del IVA devengado en concepto de gastos de difícil justificación.
Información Adicional
En este apartado se refleja el resultado final de la declaración. Si la declaración la has hecho por vía telemática, descubrirás que la mayoría de las casillas se rellenan de forma automática.
Compensación
Si el resultado de la casilla 71 es negativo puedes consignar aquí el importe para que Hacienda te compense.
Sin actividad
Si no has tenido actividad económica durante todo el trimestre, también tienes que presentar el modelo 303 aunque quede en blanco. No obstante, deberás marcar esta casilla.
Devolución
Si estás en el último trimestre del año y el resultado de tu liquidación sale negativo, puedes solicitar a Hacienda que te devuelva el importe en tu cuenta bancaria.
Ingreso
Informa en este apartado del número de cuenta en el que quieres que Hacienda haga el cobro del IVA.
Complementaria
Este apartado está destinado a aquellos que estén presentando una declaración complementaria. Si es tu caso, deberás incluir el justificante de la autoliquidación de la declaración que vas a complementar.
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