Subsidio para mayores de 52 años: características y requisitos
JUBILACIÓN I 28 de febrero de 2024
Si has agotado tu prestación o subsidio por desempleo y tienes 52 años o más te interesa saber que puedes solicitar el subsidio para mayores de 52 años. Sigue leyendo este artículo si quieres saber cuáles son los requisitos que hay que cumplir para tener derecho a esta prestación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
El subsidio por desempleo para mayores de 52 años es una prestación económica que gestiona el SEPE (no la Seguridad Social) que pueden recibir las personas mayores de esta edad que hayan dejado de cobrar el paro (ya sea la prestación o el subsidio) hasta que encuentren un trabajo o alcancen la edad de jubilación.
El subsidio está dirigido a personas que hayan cumplido 52 años, hayan agotado el paro y se encuentren inscritos como demandantes de empleo. Se trata de una prestación económica dirigida a un colectivo de desempleados que, por su edad, tiene complicado reengancharse al mercado laboral, pero que todavía no tiene edad para jubilarse.
Gracias a esta ayuda el beneficiario percibirá una cantidad económica mensual, que podrá compatibilizar en algunos casos con un trabajo, y seguirá cotizando para su pensión de jubilación.
A diferencia de otras ayudas, para cobrar este subsidio sólo se tienen en cuenta las rentas del solicitante y no las de su unidad familiar. La ayuda se seguirá recibiendo hasta cumplir la edad de jubilación mientras se cumplan los requisitos exigidos.
Durante el tiempo que el beneficiario recibe el subsidio para mayores de 52 años sigue cotizando para la jubilación. Lo hace por una base de cotización que equivale al 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.
En 2024 (mientras no se apruebe la orden ministerial que establezca las nuevas bases mínimas de cotización), la base mínima se mantiene en 1.260 euros al mes, así que quien cobre esta ayuda cotizará por una base de 1.575 euros mensuales.
El subsidio para mayores de 52 años es compatible con un contrato de trabajo a tiempo completo indefinido o temporal, siempre que la duración de este sea superior a tres meses.
La cuantía del subsidio para mayores de 52 años equivale al 80% del indicador público de rentas múltiples (IPREM), que actualmente está en 600 euros. Por tanto, quien perciba esta ayuda cobrará al mes 480 euros.
Para tener derecho a esta prestación son varios los requisitos que se deben cumplir: estar en el paro, alcanzar una determinada edad y tener un mínimo de años cotizados. Te los detallamos.
Esta ayuda pueden solicitarla personas de 52 años o más (anteriormente había que tener cumplidos los 55 años) siempre que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
Otro de los requisitos para acceder a este subsidio es estar en situación legal de desempleo, es decir, estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE. Necesitarás estar en esta situación durante al menos un mes desde que se te haya agotado la prestación por desempleo o desde que te hayas inscrito (si eres emigrante retornado, liberado de prisión o si accedes por una revisión de tu incapacidad). En ese periodo no puedes haber rechazado ninguna oferta de colocación adecuada ni haberte negado a participar en acciones formativas, y deberás cumplir el acuerdo de actividad incluido en la solicitud del subsidio. Una vez que cumplas este plazo de espera de un mes, podrás solicitar el subsidio en el plazo de 15 días hábiles siguientes.
Ten en cuenta que como beneficiario de esta ayuda deberás mantenerse inscrito como demandante de empleo durante todo el tiempo que percibas el subsidio para mayores de 52 años.
Otro requisito para solicitar esta prestación es tener un mínimo de tiempo cotizado previo. Son 15 años cotizados, al menos dos de los cuales deben estar comprendidos en los últimos 15 años. Asimismo, durante tu vida laboral debes haber cotizado por desempleo durante un mínimo de seis años.
Para cumplir este aspecto se tendrán en cuenta cotizaciones efectuadas en otros países si pertenecen al Espacio Económico Europeo o hay convenio con ellos de totalización de períodos para la protección por desempleo.
Finalmente, para tener derecho a este subsidio para mayores de 52 años debes carecer de rentas de cualquier naturaleza que, en cómputo mensual sean superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
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