Si estás planteándote reformar tu casa, has de saber que puedes solicitar fondos europeos Next Generation para cofinanciar la obra, pues una de las medidas prioritarias del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia diseñado por España para recibir los fondos europeos de recuperación es la rehabilitación y regeneración urbana.

Para saber qué actuaciones de reforma se pueden financiar con estos fondos y cómo has de solicitar estas ayudas, sigue leyendo este artículo.

¿En qué consisten los fondos europeos para la rehabilitación de la vivienda?

Los fondos europeos destinados a la rehabilitación de viviendas tienen como objetivo reducir en al menos el 30% el consumo de energía no renovable en los hogares, así como descarbonizar y bajar la demanda de calefacción y refrigeración de las viviendas un mínimo del 7%.

Para ello, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia reserva un total de 3.420 millones de euros (entre subvenciones y deducciones en el IRPF) para financiar actuaciones de rehabilitación de barrios, edificios residenciales y viviendas. Estos fondos se canalizan a través de las comunidades autónomas.

Tipos de ayudas a la rehabilitación de viviendas

El plan de rehabilitación residencial aprobado por el Gobierno en su Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se estructura en cinco programas, que subvencionan actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, edificio y vivienda, apoyan la creación de las oficinas de rehabilitación, y ofrecen ayudas para la elaboración del libro del edificio existente y la redacción de proyectos de rehabilitación.

En este artículo vamos a desgranar las ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas, pero has de saber, asimismo, que las viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila también pueden acceder a las ayudas para el libro del edificio existente (un documento que servirá para solicitar subvenciones de eficiencia energética) y para proyectos de rehabilitación.

Características de las ayudas

El programa de ayudas a nivel de vivienda financia reformas u obras que mejoren la eficiencia energética de casas y pisos, tanto uniamiliares como en edificios de varias viviendas, siempre que constituyan el domicilio habitual y permanente del solicitante de la subvención.

Para solicitar estas ayudas no vale cualquier reforma. Las reformas financiables deben tener como finalidad reducir al menos el 7% de la demanda energética de calefacción y aire acondicionado, rebajar el consumo de energía primaria no renovable el 30% o sustituir elementos constructivos de la envolvente térmica de la fachada y cubiertas. Se subvencionan, por ejemplo, el cambio de ventanas, la mejora del aislamiento de la envolvente, la instalación de placas solares y fotovoltaicas, de sistemas de aerotermia, etc.

Requisitos: ¿quién puede solicitarlas?

Estas ayudas pueden solicitarlas tanto los propietarios de viviendas, como usufructuarios y arrendatarios, siempre que las reformas se realicen en su domicilio habitual y permanente. Un certificado de empadronamiento servirá para acreditarlo.

Cuantía de la subvención

La subvención para la mejora de la eficiencia energética de los hogares alcanzará el 40% de la actuación, con un límite máximo de 3.000 euros por vivienda. El coste mínimo de la reforma ha de igualar o superar los 1.000 euros por vivienda.

Las comunidades autónomas pueden decidir, en sus convocatorias de ayudas, si realizan anticipos (es decir, te conceden la ayuda antes de ejecutar la obra) o bien has de esperar al abono de los fondos una vez que hayas finalizado la reforma.

Por tanto, si necesitas financiación previa para iniciar la obra, puedes recurrir al Préstamo para la reforma de la vivienda de Banco Santander (operación sujeta a previa aprobación por parte del Banco).

Plazo límite para terminar las obras

Si vas a realizar una de estas obras de reforma en tu casa y quieres cofinanciarla con los fondos europeos para la rehabilitación de viviendas, ten en cuenta que el plazo para ejecutar las obras no puede exceder de 12 meses desde la fecha en que te concedan la ayuda. En todo caso, el plazo límite para terminar las obras es el 30 de junio de 2026.

Reparto de los fondos por comunidades autónomas

Las ayudas a la rehabilitación energética de viviendas y edificios se gestionan a través de las comunidades autónomas, a las que el Estado ha asignado un porcentaje de los fondos (un total de 3.420 millones de euros) en proporción a su parque de viviendas. El reparto queda como sigue:

  • Andalucía: 17,37% de los fondos.
  • Cataluña: 16,2%.
  • Madrid: 14%.
  • Comunidad Valenciana: 10,8%.
  • Galicia: 5,8%.
  • Castilla y León: 5,4%.
  • País Vasco: 4,9%.
  • Canarias: 4,6%.
  • Castilla La Mancha: 4,2%.
  • Aragón: 2,9%.
  • Murcia: 2,9%.
  • Baleares: 2,5%.
  • Asturias: 2,4%.
  • Extremadura: 2,3%.
  • Navarra: 1,4%.
  • Cantabria: 1,3%.
  • La Rioja: 0,7%.
  • Ceuta: 0,1%.
  • Melilla: 0,1%.

Las comunidades autónomas repartirán estos fondos a través de convocatorias públicas mediante el procedimiento de concurrencia simple, es decir, se asignarán por orden de presentación de solicitudes hasta que se agoten los fondos. Si en la anualidad 2021 ya distribuyeron 1.151 millones de euros, y, en 2022, 1.389 millones, para 2023 todavía quedan 430 millones de euros en ayudas a la rehabilitación de viviendas.

Cómo solicitar fondos europeos para la reforma de la vivienda

Si te interesa solicitar fondos europeos para reformar tu casa, consulta la página web de tu comunidad autónoma o su boletín oficial para ver qué convocatorias públicas de ayudas están abiertas en este momento.

Para facilitar la tramitación de estas subvenciones, se ha creado la figura del agente rehabilitador. Este agente puede ayudarte a realizar todo el papeleo, desde la presentación de la solicitud, la elaboración de la documentación o los proyectos técnicos hasta la certificación y justificación de la ayuda.

Recuerda que, como sucede con cualquier subvención, una vez concedida la ayuda tendrás que justificar ante la administración el destino de los fondos percibidos. Para ello deberás presentar una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, reseñando las actividades realizadas, los resultados obtenidos y la fecha de conclusión de la obra. Esta memoria tiene que ser elaborada por un técnico titulado competente (como un arquitecto, un arquitecto técnico o un ingeniero), que también tendrá que expedir un certificado de eficiencia energética de la vivienda antes y después de la actuación para acreditar que la reforma ha supuesto una reducción del consumo de energía o, en su caso, de la demanda energética de calefacción y refrigeración.

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